martes, 4 de mayo de 2010

COMO VAN LAS CAUSAS EN EL PAIS

DEMORAS Y DILACIONES EN LOS JUICIOS A REPRESORES

"No hay ningún obstáculo para que en dos o tres años el grueso de las causas tengan juicio y castigo"

El fiscal a cargo del seguimiento de las causas por delitos de lesa humanidad en todo el país, Jorge Auat, cuestionó la "falta de firmeza" de algunos jueces, al permitir a la defensa de los represores utilizar maniobras para "dilatar" los procesos que conducen al juicio oral.



"No hay ningún obstáculo para que en dos o tres años el grueso de las causas tengan juicio y castigo. Si esto no ocurre es porque el sistema judicial falla", dijo Jorge Auat, titular de la Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento de las causas por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura.

Auat agregó, en una entrevista con la agencia Télam, que "esa es la preocupación" del Ministerio Público, del cual depende la Unidad, y explicó que "el tiempo perdido es un problema serio en estas causas", debido a la edad de los imputados y también de las víctimas y sus familiares, así como a la alta exposición de los testigos.

Pablo Parenti, quien trabaja con Auat coordinando esa unidad, consideró que el Poder Judicial "debe dar un paso más" y "desarrollar estrategias que eviten demoras", y sostuvo que para ello "hace falta más firmeza por parte de los jueces". Esta firmeza, explicó, se demuestra utilizando las propias facultades del Poder Judicial, como "corrección" o "sanciones" ante "presentaciones manifiestamente improcedentes", lo que constituye -dijo- "un imperativo ético" además de normativo.

Incluso, Parenti recordó recientes declaraciones de integrantes del Poder Judicial en cuanto a que "todo esto no era su responsabilidad sino de otros poderes", y consideró que "ese tipo de expresiones no hacen más que confirmar el discurso de la impunidad".

Lamentó también que el Poder Judicial no haya tenido todavía "el grado de renovación necesaria o saludable" que termine con "características de elite, con poca apertura hacia la sociedad". Argumentó que por este motivo se suma a la "complejidad" que de por sí tienen las causas por violaciones a los derechos humanos otros problemas que denotan "falta de compromiso" con "dar respuestas a la sociedad", como el permitir "la estrategia de dilación que utilizan algunos defensores (privados y oficiales), que tienen un interés directo en que las causas no avancen".

Según coincidieron Auat y Parenti, "los operadores judiciales pueden advertir esta maniobra (recursos procesales como las recusaciones) desde el primer escrito que presenta la defensa". "Es lectura de manual, pero muchas veces en vez de corregirlas algunos jueces permiten que se logre el cometido, es decir que no haya juicios y, por lo tanto, tampoco estado de derecho", dijo Auat.

Frente a esta situación que encuentran en muchas provincias, la Unidad Fiscal contrapone la "estrategia de unificar causas" para "robustecer el proceso" para que reflejen realmente "la magnitud de la represión en Argentina" y no se trate de "juicios raquíticos a una o dos personas y por pocos hechos. Auat citó el caso de la provincia de Tucumán, que pese a ser uno de los epicentros de la represión en el noroeste del país, tiene un sólo juicio con un imputado (juicio por ex senador por el Peronismo Guillermo Vargas Aignasse) que no representa lo que sucedió en Tuc

Date: 21/04/2010 15:25
Subject: Acreditacion juicio al Represor Gregorio Molina. Mar del Plata-



gracias por difundir.

Para ingresar a las audiencias se necesita credencial que otorga el Juzgado.
ACREDITACION PARA EL JUICIO ORAL.
"CAUSA MOLINA"
Atención a los medios periodisticos: se deben acreditar antes del 4 de mayo del 2010, para la cobertura del debate oral.
Los periodistas se tienen que acreditar , en el tribunal oral federal Nº1 de Mar del Plata, Av. Luro 2455. Horario de 8 a 12 hs.Tel 0223-493 6613.
Se debe presentar previamente una nota desde el medio en que se desempeñan dónde conste:
*Nombre y Apellido
* Nºde documento
*Función: radio, prensa escrita, fotógrafo, camarógrafo,etc.
Las credenciales se retirarán el día de la audiencia. Traer el D.N.I. y credencial de periodista.
-Están previstas 7 jornadas de testimonios, más alegatos y sentencia, el horario de comienzo de las audiencias es de 9 hs y declararán cerca de 40 testigos.
Un Abrazo. Marcelo Nuñez
-Para los medios que necesiten colaboración, les paso mi teléfono 0223-156-881698. Cubriré todas las audiencias .

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6 de mayo, juicio al torturador,Gregorio R. MOLINA


El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata fijó para el 6 de mayo la fecha de inicio del segundo juicio oral en aquella ciudad por delitos de lesa humanidad cometidos durante el último gobierno militar.
Así, los jueces Juan Leopoldo Velázquez,(subrogante TOF Bahía Blanca), Beatriz Torterola subrogante, magistrada jubilada), y Juan Carlos Paris (abogado conjuez), reprogramaron el comienzo del debate tras la anulación de La Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal de una resolución anterior del tribunal que había dispuesto la realización del juicio oral para el próximo 6 de julio.
En su fallo, la Cámara afirmó que no estaba debidamente fundada la dilación del comienzo del debate. A su vez, le ordenó al tribunal fijar una nueva fecha “en el más breve plazo”.
De esta manera, a partir del 6 de mayo, el tribunal encabezará el debate en el marco de la causa “Molina”, que investiga la participación del ex suboficial de la Fuerza Aérea, Gregorio Rafael Molina, en los siguientes delitos:
- La muerte, a través de la imposición de tormentos y contando para ello con el concurso premeditado de dos o más personas, de Norberto Centeno y Jorge Roberto Candeloro.
- El haber participado en la privación ilegitima de la libertad y en la aplicación de tormentos y apremios ilegales de 38 víctimas
- Acceder carnalmente en forma reiterada- tres hechos- a una víctima de sexo femenino, a quien tenía bajo su guarda, mediante el empleo de fuerza e intimidación y la imposición de tormentos físicos y psicológicos.
- Haber accedido carnalmente en forma reiterada (dos hechos) y abusando de su calidad de guardia a otra víctima de sexo femenino.
- Haber intentado acceder carnalmente a la victima abusando de su calidad de guardia, habiéndose frustrado tal intento por razones ajenas a su voluntad.

Calificación Legal
-Homicidio Agravado por ensañamiento, alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas (2 hechos)

-Privación ilegitima de la libertad agravada por ser perseguidos políticos (38 hechos)

-Imposición de tormentos a los presos agravado por ser estos perseguidos políticos (38 hechos), todos los cuales concurren materialmente entre sí (arts. 45, 55, 80 incs. 2 y 6, 141 y 144 ter del C.P. texto según ley 14.616).

-Autor penalmente responsable del delito de violación, en forma reiterada - tres hechos que concurren materialmente entre sí- ello así por cuanto se ha acreditado que accedió carnalmente a caso 1mediante violencia y valiéndose de su funcíón de guarda (arts. 55 y 122 del C.P). Causa N° 2277: Autor penalmente responsable del delito de violación, en forma reiterada - dos hechos- y violación en grado de tentativa, los tres hechos agravados por la calidad del autor - encargado de la guarda de la víctima - y que concurren materialmente entre sí (arts. 122 - redacción previa a la modificación introducida por Ley 25.087-, 42, 45 y 55 del CPPN) en perjuicio de caso 2
Marcelo Nuñez
fotógrafo
54-0223-156 881698



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