sábado, 31 de mayo de 2014

San Nicolas: Casación revocó prision domiciliaria de tres represores + La Fiscalía pidió siete años para el ex juez Brusa






Resolución de la Cámara Federal de Casación Penal
Casación revocó la prisión domiciliaria de tres represores condenados por delitos de lesa humanidad

Los jueces declararon la nulidad de una resolución del tribunal oral que había concedido el beneficio a tres condenados por crímenes de lesa humanidad cometidos en la localidad bonaerense de San Nicolás durante la última dictadura cívico-militar.
La Cámara Federal de Casación Penal declaró la nulidad de una resolución del Tribunal Oran N°2 de Rosario que había concedido la detención domiciliaria Jorge Muñoz, Antonio Bossie y Manuel Fernando Saint Amant por delitos de lesa humanidad. La Sala III dispuso además que los jueces deben dictar una nueva disposición que se ajuste al criterio fijado por el tribunal de alzada. Los represores fueron condenados a cadena perpetua en las causas "Masacre de Juan B. Justo", “Alvira u otros” y “Mastroberardino”. El tribunal de alzada tomó esta decisión luego de que la Corte Suprema declarara admisible el recurso de casación presentado por la fiscal Adriana Saccone.
En el escrito, la representante del Ministerio Público había manifestado la necesidad de que los imputados permanezcan detenidos mientras se llevara a cabo el debate y agregó que en la misma fecha que se dictó la resolución de detención de los imputados, también se resolvió la prisión domiciliaria. "Resulta totalmente contradictorio que considere la existencia de una alta peligrosidad procesal que amerita la detención del imputado y, por otro lado, resuelva una morigeración en forma automática basado en constancias médicas anteriores”, concluyó la fiscal.
Los jueces Eduardo Riggi, Liliana Catucci y Pedro David analizaron los reiterados y rechazados recursos de presentados por el Ministerio Público, que recién en el máximo tribunal consiguió un fallo positivo, y consideraron que el Tribunal de grado ho habia "analizado el riesgo procesal de fuga que podría derivarse del modo en que se dispuso el cumplimiento de la medida cautelar de coerción personal dispuesta, ni tampoco ha observado el estándar sentado por el Superior a partir del caso 'Vigo, Alberto Gabriel'".
En su momento, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal no había hecho lugar al recurso de casación presentado por la Adriana Saccone. Entonces, el fiscal General ante la Cámara de Casación Penal, Raul Pleé, interpuso un recurso extraordinario que también fue rechazado por la misma sala. Esto motivó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia, que finalmente resolvió hacer lugar.
La causa
Jorge Muñoz, Antonio Bossie y Manuel Fernando Saint Amant están acusados de crímenes de lesa humanidad cometidos en la localidad bonaerense de San Nicolás durante la última dictadura cívico-militar. El Tribunal Oral Federal Nº 2 de Rosario decidió unificar los tres hechos que se estaban investigando: “Masacre de Juan B. Justo”, “Alvira u otros” y “Mastroberardino”.
Manuel Fernando Saint Amant era jefe del Área Militar 132 del Primer Cuerpo del Ejército, Antonio Federico Bossie era mayor de la misma área y Jorge Muñoz era jefe de la Delegación de la Policía Federal en San Nicolás.
Fuente: http://fiscales.gob.ar
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Un debate que ventila la connivencia del Poder Judicial en el terrorismo de Estado
Santa Fe: el fiscal pidió siete años para el ex juez Brusa

Martín Suárez Faisal alegó ayer en el juicio al ex magistrado y a tres policías por haber integrado una asociación ilícita para perpetrar crímenes de lesa humanidad en la provincia. Solicitó que la penas se unifiquen con las de un juicio que tuvo sentencia en 2009.
El fiscal General de Santa Fe Martín Suárez Faisal solicitó ayer siete años de prisión para el ex juez federal Víctor Hermes Brusa, de 65 años, y penas de cinco, ocho y nueve años para una mujer y dos hombres policías en el debate realizado en esa ciudad en el que se juzga una asociación ilícita de miembros de fuerzas armadas y de seguridad y civiles para cometer crímenes de lesa humanidad.
Además de Brusa -ex juez federal de esa ciudad entre 1992 y 2000-, en el debate se analizan las responsabilidades del ex agente de la Policía Provincial en el Departamento de Informaciones de la Provincia (D-2), Alberto Ramos Campagnolo (59), del ex jefe de la Oficina de Coordinación dependiente del Área Militar 212, que funcionaba en la Guardia de Infantería Reforzada, Juan Calixto Perizzotti, y de la agente María Eva Aebi (61), quien se desempeñó como custodia. Para ellos el fiscal requirió, respectivamente, las penas de nueve, ocho y cinco años de prisión.
Suárez Faisal expuso ante el Tribunal Oral en lo criminal Federal de San Fe en la etapa final del juicio que se inició el 8 de mayo pasado sólo para juzgar el delito de asociación ilícita que había quedado excluido del debate desarrollado en 2009. En esa oportunidad, los mismos imputados recibieron penas de entre 19 y 23 años de prisión por apremios ilegales contra ocho víctimas que estuvieron detenidas en establecimientos policiales en el marco de la denominada ley antisubversiva, número 20840.
El fiscal requirió que la nueva pena que imponga el Tribunal se unifique con aquellas dictadas. Esto significa que, de acuerdo a la ley vigente al momento de los hechos, las penas podrán sumarse pero no superar los 25 años de prisión.
La asociación ilícita
Durante el alegato, el representante del Ministerio Público sostuvo que en el debate "se ha probado con grado de certeza" que los cuatro imputados "junto con muchas otras personas (...) tomaron parte de una asociación criminal de más de tres integrantes, que cumplía un acuerdo previo de voluntades con relación a la organización, para perpetrar delitos en forma indeterminada y con estabilidad en el tiempo".
El fiscal remarcó que los "objetivos principales" de la organización fueron "capturar a los sospechosos de tener vínculos con la denominada 'subversión', de acuerdo con los informes de inteligencia que ellos mismos elaboraban"; "conducirlos a lugares situados en unidades militares o policiales o centros clandestinos de detención bajo su dependencia"; "interrogarlos bajo tormentos y/o agresiones psico-físicas, para obtener los mayores datos posibles acerca de ellos y otras personas involucradas o sospechadas"; someterlos a condiciones de vida inhumanas para intentar quebrar su resistencia moral"; y "realizar todas esas acciones en la más absoluta clandestinidad, para lo cual los secuestradores a veces ocultaban su identidad, obraban preferentemente de noche, mantenían incomunicadas a las víctimas negando a cualquier autoridad, familiar o allegado cualquier información sobre el hecho del secuestro y el lugar de cautiverio".
La responsabilidad
Suárez Faisal describió que en este contexto el rol de Brusa -primero auxiliar del Juzgado Federal de Santa Fe y a partir del 27 de abril de 1978, secretario- consistió "en obtener declaraciones de las personas que se encontraban ilegalmente detenidas en la Comisaría Cuarta de Policía, en la Guardia de Infantería Reforzada y en la Cárcel de Coronda, bajo apremios ilegales, así como también en dar visos de legalidad a las declaraciones que habían sido extraídas por los otros partícipes de la organización mediante la aplicación de tormentos".
En tanto, sobre Perizzotti señaló que su contribución a los hechos "consistió en mantener privadas ilegalmente de su libertad a las víctimas detenidas en la dependencia a su cargo, sometiéndolas a condiciones inhumanas de vida, alojándolas en habitaciones donde permanecían hacinadas, con escasas condiciones de higiene y poca alimentación". El fiscal remarcó que el imputado intervino en los traslados de los detenidos a los centros clandestinos.
Ramos, en tanto, se destacó "por su intervención en los procedimientos donde se concretaban las detenciones de las víctimas, en los traslados de ellas" a los centros clandestinos donde "las privó ilegalmente de su libertad y las sometió a toda clase de ultrajes, torturas y vejaciones", añadió el fiscal.
Finalmente, Suárez Faisal describió que Aebi "tuvo una actuación significativa en los traslados realizados desde y hacia Comisaría Cuarta de Policía, la Guardia de Infantería Reforzada y los otros centros clandestinos de detención entre los que se encuentra 'La Casita'".
El fiscal agregó que en la Guardia de Infantería Reforzada Aebi "sometió a las víctimas a constantes amenazas y simulacros de fusilamiento" y recordó que intervino en el aborto practicado a una secuestrada que había padecido abusos sexuales.
Fuente: http://fiscales.gob.ar




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Campo de Mayo: Procesan all suboficial del Ejercito Mario Dominguez + Contraofensiva: Ordenan la detención de militar Luis Firpo






31.05.2014 | se trata de mario rubén domínguez, conocido como "escorpio"
Campo de Mayo: procesan a torturador

El suboficial mayor retirado del Ejército Mario Rubén Domínguez, a quien se sindica como un conocido torturador que se desempeñó en Campo de Mayo bajo el alias de "Escorpio” durante la última dictadura cívico-militar, se encuentra procesado por crímenes de lesa humanidad y detenido en el penal de Marcos Paz a la espera de que se resuelva la apelación que planteó su abogado.


Por: 
Tiempo Argentino
 Domínguez fue detenido el viernes 25 de abril en su casa de Córdoba, como informó entonces Tiempo Argentino, en exclusiva. En el allanamiento realizado por la Policía de Seguridad Aeroportuaria se le secuestraron varias armas de fuego por lo que también fue imputado por "tenencia de armas de guerra". Según la investigación, Escorpio integró uno de los grupos de tareas que actuó bajo la dirección del Comando de Institutos Militares. Se le adjudica participación en los secuestros y torturas de Diego Muñiz Barreto (asesinado en marzo de 1977) y Juan José Fernández, de Beatriz Susana Castiglione de Covarrubias, Marilú Obreque Valenzuela e Iris Etelvina Pereyra de Avellaneda (quien fue secuestrada con su hijo Floreal, de 15, cuyo cadáver fue hallado el 14 de mayo de 1976, en el Río de la Plata). Para profundizar en la actividad de Domínguez, la jueza federal de San Martín que instruye la causa, Alicia Vence, indagó al detenido represor Santiago Omar Riveros. El ex comandante de los Institutos Militares, condenado a perpetua por sus indelegables responsabilidades en los centros clandestinos de Campo de Mayo, no aportó información relevante.  «

una nueva detención
En el marco de la causa Contraofensiva Montonera, la jueza federal de San Martín Alicia Vence indagó y ordenó la detención domiciliaria de Luis Firpo, ex jefe de la Central de Contrainteligencia y jefe de la División Seguridad del Batallón de Inteligencia 601 durante el terrorismo de estado. Se trata del noveno militar retirado que es apresado en el caso.
La situación de Firpo fue particular ya que el juzgado no lograba ubicarlo en ningún domicilio fijo donde notificarle la citación. Así fue que el proceso judicial avanzó y el militar adujo no haberse enterado (la ley lo amparaba). Finalmente, lo localizaron en Entre Ríos y el jueves se presentó en los tribunales de San Martín de forma "espontánea". Fue indagado y en pocas horas pasó a integrar la lista de detenidos por crímenes de lesa humanidad. 
Los investigadores estiman que Firpo se presentó en la justicia a sabiendas de que al igual que el resto de los detenidos –todos mayores de 70 años– iba a recibir la reclusión hogareña, beneficio que fue apelado por la fiscalía. En la misma causa se encuentran prófugos los militares retirados Marcelo Cinto Courtaux, Alberto Sotomayor y Mario Guillermo Ocampo.
Fuente: Tiempo Argentino





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Catamarca: Perpetua y carcel común para Lucena. Se le revocó el arresto domiciliario en Mar del Plata





Perpetua en cárcel común para Lucena

El Tribunal Oral Federal de Tucumán condenó al represor y le revocó el beneficio de la prisión domiciliaria.
viernes, 30 de mayo de 2014



Perpetua en cárcel común para Lucena
El exjefe del Regimiento de Infantería Aerotransportado 17, Carlos Alberto Lucena, deberá ser alojado en una cárcel común por orden del Tribunal Oral Federal de Tucumán tras ser rechazados los planteos realizados por sus abogados en el juicio por un delito de lesa humanidad que se llevaba a cabo en la vecina provincia.
En este caso, se trata de la causa abierta y juzgada por el fusilamiento -considerado como delito de lesa humanidad- de Osvaldo Sigfrido “Tordo” De Benedetti, asesinado en julio de 1978.
Los jueces Gabriel Eduardo Casas, Carlos Enrique Jiménez Montilla y Juan Carlos Reynaga -como magistrado subrogante- decidieron revocar el beneficio de la prisión domiciliaria con el que contaba el represor, según confirmaron fuentes judiciales a este medio, y condenarlo a purgar una pena de prisión perpetua.
En el marco del debate, los abogados defensores de Lucena habían pedido al tribunal que el represor purgara una pena de 18 años de prisión, e incluso habían interpuesto un planteo de inconstitucionalidad que fue rechazado en el mismo fallo.
Lucena fue condenado junto a otros cinco imputados que respondían por el mismo crimen, quienes recibieron igual consideración por parte del tribunal.
La imputación que recayó sobre todos los acusados fue de homicidio agravado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas. En el caso de Lucena, tanto en la instrucción penal como en el debate oral y público se interpretó que actuó en calidad de autor mediato o intelectual del hecho de sangre.
Con esta condena, Lucena será finalmente trasladado a las instalaciones del hospital del Servicio Penitenciario Federal de Ezeiza.
En Catamarca
En un debate realizado durante 2012 en el Tribunal Oral Federal de nuestra provincia, Lucena fue condenado -junto al excomisario Juan Daniel Rauzzino- a purgar una condena de 16 años de prisión por la desaparición de Griselda del Huerto Ponce, Francisco Ponce, Julio Genaro Burgos y Nelly Yolanda Borda. En ese caso, se le concedió el beneficio de la prisión domiciliaria, en fallo dividido del tribunal.
Fuente: http://www.elesquiu.com
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Posdata: 

                       La benevolencia del juez subrogante Ricardo Moreno


Como lo denunciaron los organismos de Derechos Humanos de esta provincia, el militar Lucena, gozó de arresto domiciliario todos los años que se instruyó esta causa en su casa  en Mar del Plata, donde fue escrachado en mas de una oportunidad por los organismos de esa ciudad.

Claro que Lucena no fue el único que recibió el tratamiento prefencial del eterno juez federal  subrogante Ricardo Moreno, también tuvo ese gesto para los ahora los condenados a perpetuas Carrizo Salvadores y Nakagama en la causa de la Masacre de Capilla del Rosario, el 11 y 12 de agosto del 74, el fusilamiento de 14 combatientes del PRT-ERP- Tupamaros que se entregaron con vida tras el frustrado intento de compamiento Regimiento de Infantería Aerotransportado 17.




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Casación revocó la prisión domiciliaria concedida al represor Felipe Alespeiti condenado a 22 años de prisión




La Cámara de Casación revocó la prisión domiciliaria concedida a un represor

La Sala IV de Casación hizo lugar al recurso presentado por el fiscal Martín Niklison, luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal N°5 le otorgara esa modalidad de arresto a Felipe Jorge Alespeiti, quien en 2012 fue condenado a 22 años de prisión.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la prisión domiciliaria concedida al represor Felipe Jorge Alespeiti, quien en 2012 había sido condenado a 22 años por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar. El fallo se produjo tras la apelación del titular de la Unidad de Asistencia en casos de terrorismo de Estado, Martín Niklison.
El Tribunal Oral en lo Criminal N°5 había hecho lugar el 27 de diciembre de 2013 al pedido de arresto domiciliario solicitado por la defensa, que adujo la edad del ex militar -82 años-, dolencias físicas y depresión. Ahora, con el voto por mayoría de Juan Carlos Gemignani y Mariano Hernán Borinsky  -Gustavo Hornos lo hizo en sentido contrario-, los jueces dispusieron que Alespeiti sea trasladado a una unidad de detención.
Al interponer el recurso de casación, Niklison señaló, entre otras cosas, que para conceder la domiciliaria, los magistrados dejaron de lado elementos importantes y se basaron en consideraciones dogmáticas, contrarias a las constancias de la causa y contradictoria con resoluciones anteriores. Por ejemplo, que el TOF N°5 resolvió otorgar la domiciliaria sin tener en cuenta “la contundencia” del informe pericial realizado por una junta médica, que concluyó que el militar podía seguir el tratamiento en el lugar de detención.
Gemignani y Borinsky, tras analizar la admisibilidad formal del recurso, indicaron que en otra causa (la N°16060), el TOF N°5 ya había rechazado un pedido de arresto domiciliario y lo mismo hizo Casación. Los magistrados reseñaron que, en esa oportunidad, el Tribunal tuvo especialmente en cuenta la condena a 22 años de prisión por la comisión de delitos de lesa humanidad; esa situación daba cuenta del aumento del riesgo de fuga. Por eso, ante esta nueva incidencia, los jueces pusieron de resalto que siguen en vigencia las consideraciones vertidas en la oportunidad anterior. “Ello, en virtud de que no han variado sustancialmente las condiciones de salud del imputado desde el fallo antedicho. En este sentido, nótese que de los nuevos informes médicos surge que las dolencias de Felipe Jorge Alespeiti pueden ser tratadas intramuros”, precisaron.
Los jueces de la sala IV señalaron que “no existen razones humanitarias que impongan la concesión del arresto domiciliario”, e indicaron que “el especial deber de cuidado que deben observar los jueces al momento de evaluar riesgos procesales en causas por crímenes de lesa humanidad ha sido reafirmado por nuestro Alto Tribunal [en referencia a la Corte Suprema] en distintos fallos”.
Antecedentes
El 10 de diciembre de 2005, el TOF N°5 absolvió a Alespeiti de los delitos de “privación ilegítima de la libertad doblemente agravada por su carácter de funcionario público, y por haber sido cometida con violencias o amenazas en forma reiterada”. Sin embargo, la sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó ese fallo absolutorio y el 13 de junio de 2012 lo condenó a 22 años de prisión como autor mediato de los delitos en perjuicio de 16 víctimas.
Ver fallo.pdf
Fuente: http://fiscales.gob.ar/lesa-humanidad/casacion-revoco-la-prision-domiciliaria-concedida-a-un-represor/



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Salta: Piden a la Corte que revoque la domiciliaria al policia Guil: En la causa Masacre de Palomitas, el fusilamiento de presos polticos.





En la causa por los homicidios de la Masacre de Las Palomitas
Salta: pidieron a la Corte Suprema que revoque la domiciliaria a un ex jefe policial


Se trata del ex director de Seguridad de la policía salteña, Joaquín Guil, quien cuenta con tres condenas a prisión perpetua y fue beneficiado por un fallo de la Cámara Federal de esa provincia. El procurador Eduardo Casal sostuvo que la decisión fue "arbitraria" porque no tuvo en cuenta las condiciones del penal para alojar a Guil y tratar sus problemas de salud, ni el eventual riesgo de fuga.
El procurador fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal, solicitó al máximo tribunal que revoque la prisión domiciliaria con la que fue beneficiado por la Cámara Federal de Salta el ex director de Seguridad de la Policía de esa provincia, Joaquín Guil, de 77 años. Casal mantuvo, así, el recurso extaordinario federal de la Fiscalía Federal de Salta, que había recurrido la medida adoptada por aquél tribunal respecto de Guil en la causa en la que fue condenado a prisión perpetua en diciembre de 2011 por los homicidios de once prisioneros políticos en el marco de la denominada Masacre de Las Palomitas el 6 de julio de 1976. En esa oportunidad, las víctimas fueron acribilladas en el paraje que lleva aquél nombre a unos 50 kilómetros de la capital salteña, cuando supuestamente eran trasladadas desde el penal de Villa Las Rosas hacia una cárcel de Córdoba.
En coincidencia con el planteo de la Fiscalía, el procurador recordó que la concesión de la prisión domiciliaria a un imputado mayor de 70 años es facultativa de los jueces, según lo indica la ley de Ejecución Penal, pero remarcó que la jurisprudencia exhorta a "brindar argumentos que demuestren que el encarcelamiento, a raíz de las condiciones personales excepcionales del sujeto de la medida, provocaría alguna de las dos consecuencias que aquel beneficio está encaminado a evitar, estas son el trato cruel, inhumano o degradante o la restricción de derechos fundamentales que la prisión no debe afectar".
Según una junta médica, Guil es "un paciente de alto riesgo cardiovascular", que "debe realizar estricto cumplimiento de la medicación indicada y controles periódicos".
Casal consideró que la Cámara Federal de Salta no se expidió al respecto y, por ese motivo, tildó la resolución de concesión de la domiciliaria como "arbitraria". El Tribunal, explicó, "no tuvo en cuenta los informes médicos según los cuales Guil no es un paciente en período terminal, sino que presenta patologías cuyo debido tratamiento médico requiere cumplir con cierta medicación y controles de rutina, ni verificó si la unidad penitenciaria donde estaba alojado cuenta con los medios necesarios para su asistencia".
De esa forma, postuló el procurador, el tribunal "omitió referirse a una circunstancia conducente para la adecuada solución del caso".
El representante del Ministerio Público Fiscal también cuestionó al tribunal porque no valoró "el riesgo de fuga que importa la detención domiciliaria de Guil, al considerar que fue condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad" y que "está siendo sometido a otros procesos por hechos de la misma naturaleza".
El represor ya cuenta con otras dos condenas a prisión perpetua dictadas en diciembre de 2011 en la causa por el homicidio del gobernador Miguel Ragone y otra de diciembre pasado, en un juicio que trató los casos de privación ilegítima de la libertad, tormentos y homicidios en perjuicio de 34 víctimas.
Ver dictamen del procurador Casal sobre prisión domiciliaria de Joaquín Guil.pdf
Artículos relacionados

Superar los 70 años no es el único requisito para acceder a la prisión domiciliaria
Gils Carbó consideró arbitraria la sentencia que benefició con detención domiciliaria a un alto mando de la dictadura militar

Fuente: http://fiscales.gob.ar/lesa-humanidad/salta-piden-ante-la-corte-suprema-que-se-revoque-la-domiciliaria-a-un-ex-jefe-policial/







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jueves, 29 de mayo de 2014

Fiscal Pablo Camuña: "Mi actuación en la denuncia contra César Milani en la causa "Operativo Independencia"





Miércoles 28 de mayo, 2014
Mi actuación en la denuncia contra César Milani en la causa “Operativo Independencia”

Solicité la rectificación de la nota publicada el lunes 19 de mayo en este medio por el periodista Diego Rojas titulada “Milani y la Justicia: el mundo del revés”. En ella, se describen de manera errónea una serie de sucesos judiciales respecto de las investigaciones que involucran a César Milani en Tucumán y se formulan declaraciones valorativas maliciosas en torno a mi accionar.
Estimo pertinente hacer saber que trabajo desde 2008 en la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Tucumán, que se encuentra a mi cargo desde 2010 cuando el entonces Procurador General de la Nación Esteban Righi me designó como Fiscal Federal Ad Hoc para intervenir en causas por delitos de lesa humanidad.
Desde 2008 hasta hoy se han llevado adelante en Tucumán ocho juicios por estos delitos de lesa humanidad, se dictaron 48 condenas y 4 absoluciones; además, hay casi 50 personas procesadas y ya se han juzgado o procesado los hechos que perjudicaron a más de 600 víctimas. En lo personal, antes de ingresar al MPF, fui activista de ONGs de defensa de derechos humanos y ejerzo desde hace tiempo la docencia en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán. Señalo esto para contextualizar apropiadamente mi pedido de que se rectificara una nota que contiene opiniones basadas en falsedades.
En la nota a la que hago referencia, se señala en primer lugar que yo personalmente “había desestimado en varias oportunidades que se investigue a Milani”, lo cual es absolutamente inexacto. A partir de una denuncia presentada por los senadores José Cano y Gerardo Morales se inició una causa (“Fiscal Federal c/Milani, César Santos Gerardo del Corazón de Jesús – su denuncia” Expte. n° 037964/2013) para determinar la eventual participación de César Milani en delitos de lesa humanidad en el marco del “Operativo Independencia”, es decir, en la megacausa que se sigue por delitos cometidos previo al golpe de estado del 24 de marzo de 1976 en Tucumán.
Tal era el objeto de la denuncia, lo que puede verificarse en el expediente. Al comprobarse que el denunciado no había estado prestando servicios en Tucumán en tales fechas y que no existían testimonios que lo mencionaran, se consideró inicialmente archivar el expediente, a lo que el Juez Federal Daniel Bejas hizo lugar.
Tiempo después, los denunciantes pidieron que se realizaran otras medidas con el mismo objeto. Decidí llevarlas adelante y producir de oficio otras pruebas para verificar una vez más la hipótesis delictiva denunciada con base en nuevos elementos. Todo esto puede verse en detalle aquí.
Producida la prueba, ningún elemento nuevo señaló la presencia de Milani en Tucumán con anterioridad al golpe de Estado. En cambio, sí se constató que las pruebas reunidas podrían tener impacto en la causa por la desaparición de Alberto Ledo, por lo que remití la totalidad de la investigación para que fuera acumulada a aquella, que lleva adelante el Fiscal Federal n° 1 Carlos Brito (Causa “Brizuela de Ledo Marcela s/su denuncia por secuestro y desaparición de Alberto Agapito Ledo” Expte. Nº 662/07).
Dicho esto, queda absolutamente claro que jamás desestimé ningún tipo de investigación, y que instrumenté todas las medidas necesarias ante las denuncias presentadas.
Por otro lado, la nota consigna erróneamente como “nueva prueba” dos testimonios que yo mismo colecté. En efecto, los hermanos Álvaro y Juan Carlos Illanes fueron trasladados a Tucumán con acompañamiento del Programa de Protección de Testigos (también solicitado por mi expreso pedido) y testimoniaron el 5 de agosto de 2013 en mi oficina en el marco de la causa “Operativo Independencia”, que se encuentran ahora agregadas en la causa “Ledo”. Se entiende que tales declaraciones no son novedosas, salvo quizás para la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán.
Por lo demás, es errónea y maliciosa la afirmación que sostiene que en los “en los pasillos de Tribunales tucumanos se aguarda cuál será la respuesta del fiscal Camuña de repetida, como se dijo, tendencia a exculpar al jefe militar”, puesto que al no estar a cargo, ni nunca haber estado a cargo de la investigación por la desaparición de Alberto Ledo (como ya señalé) difícilmente pueda aguardarse una respuesta de mi parte.
Toda esta información resulta fácil de verificar con la simple observación de los expedientes o bien con la consulta, todo lo cual hubiera resultado necesario previo a publicar la nota de opinión con conceptos tan graves. La “tendencia exculpatoria” que livianamente me asigna el Sr. Rojas resulta así no sólo una opinión que me ofende personalmente por su malicia, sino que, sobre todo, se basa objetivamente en información equivocada que no fue sometida al mínimo cuidado profesional.
Fuente: http://opinion.infobae.com/pablo-camuna/2014/05/28/mi-actuacion-en-la-denuncia-contra-cesar-milani-en-la-causa-operativo-independencia/



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La escuela va al Juicio | LA JUSTICIA EN SU LUGAR









La justicia en su lugar
La escuela va al juicio

El juicio sobre delitos de lesa humanidad conocido como Mega Causa La Perla es un espacio clave para comprender nuestro pasado reciente y para el ejercicio de una reflexión crítica sobre nuestro presente.

En el proceso judicial se produce información con carácter de verdad jurídica respecto a los acontecimientos juzgados, se exponen los hechos públicamente a partir de testimonios, se ordena la secuencia de los acontecimientos y se ofrece certeza histórica. Los juicios por delitos de lesa humanidad son un mecanismo de condena jurídica y también de condena política y social al terrorismo de Estado.

Te invitamos a asistir a las audiencias de
la Mega Causa La Perla
un espacio para preguntarnos
qué país tenemos, necesitamos y
deseamos construir.

Si querés asistir con tu cole a las audiencias del juicio (pueden hacerlo todos los que sean mayores de 16 AÑOS) comunicate con nosotros al mail: republica_educadores@gruposyahoo.com.ar.

Asistir es un derecho.
Los desaparecidos nos faltan a todos.

INVITAN: LAS ÁREAS DE EDUCACIÓN DE LOS SITIOS DE MEMORIA DE CÓRDOBA Y EL EQUIPO ¿VIVIMOS EN EL PAÍS DEL NUNCA MÁS?
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Espacio para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos ex CCDTyE "La Perla"
Ruta 20, Km 15 Tel.: 0351-4983256




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Pedagogía de la Memoria
Espacio para la Memoria, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos
Campo de la Ribera.

Jujuy: Hoy la condena en el segundo juicio. Asiste el fiscal Jorge Auat + Ledesma: La zafra de la explotacion y el apoyo de Rivarola (dip nac. FpV)



Segundo juicio de lesa humanidad
Hoy se conocerá el veredicto del TOF

 A las 17 se leerá la sentencia. Pasaron 38 años de la dictadura cívico militar.

Hoy concluye el segundo juicio por crímenes de lesa humanidad de esta provincia, la causa contra dos exmilitares Antonio Vargas y César Díaz y cuatro exguardiacárceles Carlos y Ricardo Ortíz, Herminio Zárate y Mario Gutiérrez por detenciones ilegales, tortura y homicidio contra siete detenidos desaparecidos militantes del PRT-ERP.
Aunque hoy por la mañana a las 9.30, el imputado Ricardo Ortíz tendrá la oportunidad de hacer uso de su derecho a la “última palabra”.
Esta tarde la sala de audiencia de la Secretaría Electoral se verá colmada de familiares, las fotos de las siete víctimas presentes: Dominga Álvarez de Scurta, Alicia Ranzoni, Juan y Pedro Torres Cabrera, Jaime Lara Torrez, Osvaldo Giribaldi y Jorge Turk.
También estará presente el fiscal Jorge Auat, titular de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad; entre otros funcionarios nacionales, provinciales, organismos de DD. HH. del NOA, expresos políticos y la militancia, esta última estará presente en la calle.
Fuente: El Tribuno


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Hay cuatro categorías laborales
Reclaman que Ledesma cumpla con la Ley de Contrato de Trabajo

La azucarera que encabeza Carlos Pedro Blaquier, procesado por delitos de lesa humanidad, despidió hace siete meses a casi 200 trabajadores de El Talar. Hace 61 días que mantienen una protesta en el predio y reclaman que la empresa sea “solidaria” con los subcontratistas.

Por: Pablo Waisberg

Trabajaron durante los últimos catorce años para Ledesma. Plantaron cañas, participaron de la zafra y de todo lo que necesitara la empresa de Carlos Pedro Blaquier en el pueblo El Talar, que está dentro del predio de la azucarera. Siempre fueron subcontratados a través de Adecco, Rural Power y Manpower. Esa situación cambió hace siete meses, cuando la compañía decidió cambiar la tarea manual de 180 trabajadores por cuatro máquinas. Hace 61 días se declararon en estado de “asamblea permanente” y mantienen una protesta dentro de la empresa pero sin impedir su funcionamiento. La semana pasada llevaron una carpeta al Ministerio de Trabajo y pidieron el cumplimiento de la Ley de Contrato de Trabajo (20.774) que establece la solidaridad de la empresa para la que se presta servició. Además, denunciaron que una de las principales firmas azucareras mantiene cuatro rangos de trabajadores: los tercerizados, los eventuales, los temporarios y los de “planta permanente”. A este último escalón, sólo acceden unos pocos de los 560 operarios dan vida a El Talar.
“Nos dijeron que cuando nos necesitaran nos iban dar trabajo. Pero los compañeros echados llevan trabajando entre ocho y catorce años para Ledesma en forma tercerizada. Nosotros teníamos un acuerdo con la empresa que era que cada año iba a ir tomando a una parte de los subcontratados y que para julio de este año no iba a quedar ninguno en esa situación pero un día rompió el acuerdo y metió las máquinas y los dejó afuera”, describe Juan Avila, delegado gremial de El Talar, a Infojus Noticias. Él es uno de los trabajadores que viajó a Buenos Aires junto a Rafael Vargas, secretario general del Sindicato de Obreros y Empleados del Ingenio Ledesma (Soeail). Fueron directo al Ministerio de Trabajo a denunciar la situación y a advertir que “la empresa está amenazando con desalojar la protesta”.
En esa reunión, que se mantuvo la semana pasada, los representantes sindicales detallaron que Ledesma Sociedad Anónima Agrícola Industrial (LSAA) mantiene varias categorías de trabajadores. Están los tercerizados, que no son parte de la empresa, luego los eventuales, que tienen trabajo por tres meses, luego los temporarios que tienen trabajo durante once meses y, por encima de todos ellos, los “planta permanente”. Esos últimos tienen la mejor situación laboral. “Nosotros nos dimos cuenta de que muchos compañeros no figuran ni en ANSeS ni en AFIP. Les hacen descuentos pero no sabemos a dónde van”, señaló Avila, que tiene 40 años y hace 19 de trabaja para Ledesma, 14 como tercerizado y cuatro como temporario.
Lo que Ledesma reemplazó fue el trabajo en el surco, que hacían los trabajadores manualmente. “Salía un tractor arrastrando un remolque lleno de cañas de medio metro, arriba iban seis compañeros que nos tiraban las cañas y nosotros las acomodábamos en el surco. Después pasaba otra máquina que las tapaba”, describió Franco López, de 39 años. Es uno de los cesanteados y durante los últimos ocho años estuvo trabajando como tercerizado. “Soy plantador de caña y no me opongo a las máquinas ni a la tecnificación pero tengo antigüedad trabajando en Ledesma y no pueden desconocer eso de un día para el otro. Tenemos familias, somos de ahí”, explicó.
La empresa que encabeza Blaquier, quien fue procesado por el secuestro de trabajadores de en 1976, es una firma nacional con más de 7.300 empleados y produce casi el 20 por ciento del total del azúcar argentino. También lidera el negocio del papel y tiene peso en los mercados de alcohol, bioetanol, carne, cereales, cítricos y jarabe de maíz. Parte de su negocio está construido en base a la subcontratación de personal: eran 180 en El Talar, donde tiene 560 operarios permanentes. Para el funcionamiento de la planta estableció relaciones comerciales con Rural Power, una compañía del grupo Manpower dedicada específicamente al segmento rural. Esa firma fue denunciada en 2012 por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) porque “trata de personas” en Salta, donde empleaba trabajadores para Monsanto.
Fuente: http://www.infojusnoticias.gov.ar/provinciales/reclaman-que-ledesma-cumpla-con-la-ley-de-contrato-de-trabajo-1765.html
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Jujuy La molienda de caña de azúcar se largó ayer a las 7

Ledesma puso en marcha su zafra en la planta fabril con grandes expectativas

27.05.14 La compañía espera superar lo producido el año pasado, que fue la cosecha más negativa en su larga historia.

http://www.eltribuno.info/jujuy/408702-Ledesma-puso-en-marcha-su-zafra-en-la-planta-fabril-con-grandes-expectativas.note.aspx
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Diputado nacional del FPV Ruben Rivarola ponderó la labor de la empresa


http://www.eltribuno.info/jujuy/408705-Diputado-nacional-pondero-la-labor-de-la-empresa.note.aspx




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miércoles, 28 de mayo de 2014

Hospital Militar Campo de Mayo: Piden 12 años para la médica Lidia Villavicencio que falsificó identidad de la nieta recuperada Catalina Sanctis Ovando




EL PAIS › EL JUICIO ORAL A LIDIA FANNI VILLAVICENCIO, MEDICA DE CAMPO DE MAYO
Obstetra en una maternidad clandestina

Firmó el certificado falso del nacimiento de Catalina De Sanctis Ovando, en el que figuraba como hija de sus apropiadores.

“Mis abuelos tendrían la misma edad que esta mujer, pero yo no pude conocerlos”, dijo De Sanctis Ovando.
Laura Catalina De Sanctis Ovando creyó hasta los 21 años que era la hija biológica de sus apropiadores. Como suele sucederles a quienes crecen en una familia que no es la de origen, ella sentía cierto extrañamiento pero, salvo alguna respuesta evasiva, no tenía motivos para dudar de su parentesco. Hasta su certificado de nacimiento lo confirmaba y decía que sus papás eran Carlos Hidalgo Garzón y María Francisca Morilla. Lo que ella no sabía era que ese papel mentía, porque Lidia Fanni Villavicencio, obstetra de la maternidad clandestina de Campo de Mayo, había introducido datos falsos en el documento. La médica enfrenta ahora un juicio que concluirá mañana. En la jornada de ayer, las querellas expusieron sus alegatos y pidieron 12 años de prisión para Villavicencio al considerar que sin su labor Catalina no hubiera sido apropiada.
“Pensé que iba a ser más liviano, pero es muy movilizante”, aseguró De Sanctis a Página/12 sobre el proceso judicial que se lleva a cabo. “Este juicio me centró en pensar en mis abuelos, que no pudieron conocerme. Fallecieron muy jóvenes porque el hecho de que yo no estuviera con ellos les destruyó su salud y su vida. Y yo no los pude conocer”, añadió.
Catalina nació el 11 de agosto de 1977. Es hija de Raúl René De Sanctis y Miryam Ovando, dos estudiantes universitarios que militaban en la Juventud Peronista, ambos desaparecidos en la última dictadura. Cuando fue secuestrada el 1º de abril de ese año, Miryam ya transitaba el sexto mes de embarazo.
En el libro de partos de Campo de Mayo, su apellido –Ovando– aparece inscripto el mismo día que nació su hija. Al lado está la palabra “cesárea” tachada y reemplazada por la frase “legrado feto sin vida de 45 días”. Es decir, para ese documento, Miryam, que estaba en fecha de parto, había perdido el bebé.
El otro asiento importante se encuentra cuatro días después y menciona que una bebé llamada María Carolina nació por cesárea, como hija biológica de Morilla e Hidalgo Garzón. Esa información, se supo después, era falsa, pero los nombres y la fecha que la médica obstetra incluyó en el acta de nacimiento posibilitó luego que Catalina fuera inscripta por sus apropiadores.
Tuvieron que pasar 31 años para que, el 8 de septiembre de 2008, ella recuperara su verdadera identidad, luego de un examen de muestras de ADN ordenado por el juez federal Ariel Lijo y al que ella no quiso someterse voluntariamente.
Para ese momento, Catalina ya sabía desde hacía diez años que era hija de desaparecidos. Al ver un anuncio de Abuelas de Plaza de Mayo en la televisión había hablado con su apropiadora y ella admitió la verdad. No dijo ni hizo nada por temor a los delitos y las penas que implicaba para Hidalgo Garzón y Morilla. Pero luego de recuperar su identidad y conocer su historia, Catalina fue querellante en el juicio contra sus apropiadores. Ellos fueron juzgados el año pasado y recibieron una condena de 15 y 12 años, respectivamente. Hidalgo Garzón fue miembro del área de Inteligencia del Ejército.
En diálogo con este diario, la abogada de Abuelas de Plaza de Mayo María Inés Bedia señaló: “Vamos a demostrar que Catalina nació el 11 de agosto y fue arrancada de los brazos de su madre para ser entregada a sus apropiadores, que alteraron sus datos gracias al aporte fundamental de Villavicencio”.
El debate en el tribunal comenzó el martes 20 de mayo, en la primera de las tres jornadas que se programaron en el proceso que lleva adelante el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de San Martín. Puntualmente, la partera de la maternidad clandestina de Campo de Mayo está imputada por tres delitos. Se la considera partícipe necesaria de la retención y ocultación de un menor de diez años y de la alteración del estado civil. Además, está acusada de ser la autora del delito de falsedad documental.
En la primera jornada se leyó el requerimiento de elevación a juicio de la fiscalía y, tras ese paso, se dio la palabra a Villavicencio, pero la mujer se negó a declarar. “Entonces se leyó la indagatoria que prestó por escrito durante la etapa de instrucción del juicio”, explicó Bedia.
Villavicencio se había descompuesto cuando le tomaron declaración testimonial durante la fase de instrucción, por lo que presentó luego una declaración por escrito “con las mismas formalidades que la indagatoria”. Esa versión fue la leída en la primera audiencia y, allí, la acusada contó que atendió a una mujer, que pudo advertir que estaba detenida, pero que tenía la orden de no hablar con ella. Además, relató que el parto se realizó en una sala que no era la habitual.
Respecto de los datos falsos que insertó en el certificado de nacimiento de Catalina, la partera explicó que la información se la dieron y que ella no conocía a los apropiadores. “Vamos a demostrar que sí tenía conocimiento tanto de que esa mujer estaba en situación de desaparición forzada y que sabía que esos datos eran falsos”, remarcó la abogada querellante.
Durante el juicio declararon cuatro testigos. La propia Catalina, su marido Rodrigo, que la acompañó durante todo el proceso de recuperación de la identidad, el perito calígrafo Guillermo Anzorena, que certificó que la firma existente en los documentos modificados es de la médica y Jorge Villavicencio, el hijo de la obstetra.
La médica tiene ahora 91 años. Al ingresar el martes pasado a la sala del tribunal caminó muy despacio, con un bastón, pero los años, para De Sanctis, no la liberan de su responsabilidad. “Tuvo toda una vida para pensar en esto y en hacer algo para contar lo que sabía”, remarcó.
“Cuando escuché su edad, pensé que me habría gustado estar con mis abuelos de la misma manera que ella pudo estar con los hijos y sus nietos”, contó Catalina, pero es probable que lo haya sintetizado mejor el martes pasado en la audiencia. “Si vivieran, mis abuelos tendrían la misma edad que esta mujer pero, por ella, yo no pude conocerlos”, declaró.
Informe: Aldana Vales
Fuente: Pagina 12



Los apropiadores de Catalina Sanctis Ovando fueron condenados a 15 y 12 años de prisión
Piden 12 años para médica que falsificó la identidad de una nieta recuperada

Fue durante los alegatos en el juicio que se sigue a Lidia Fanni Villavicencio. La querella consideró que se trató de una desaparición forzada. "Sin el rol de la médica, que atendió a la mamá de Catalina de Sanctis Ovando en el parto ella no hubiera sido apropiada por los represores", dijo la abogada de Abuleas de Plaza de Mayo.



Por: Juan Manuel Mannarino


El juicio a Lidia Fanni Villavicencio, médica obstetra que insertó datos falsos en el certificado de nacimiento de la nieta restituida Catalina de Sanctis Ovando y en el libro de partos del Hospital Militar de Campo de Mayo, entró en la etapa final. Hoy fue el turno del alegato de las querellas, que pidieron 12 años de prisión por considerar que se trató de una desaparición forzada, tipificado como delito de lesa humanidad.
La abogada querellante María Inés Bedia, que representa a Abuelas de Plaza de Mayo, le dijo a Infojus Noticias que todas las querellas acordaron que la médica tuvo una responsabilidad fundamental en el hecho y que fue consciente de lo que sucedía. Las otras querellas  fueron las secretarías de Derechos Humanos de la Nación y la provincia de Buenos Aires, y también alegó la Fiscalía.
“Este juicio es corto, con pocos testigos, pero quedó claro que Villavicencio atendió el parto de la mamá de Catalina. Fue plenamente consciente de lo que sucedía a su alrededor, incluso la atendió vendada y lo comentó entre sus compañeras. Sin su labor, Catalina no hubiera sido apropiada por los represores”, dijo Bedia.  Al juicio se agregaron por lectura los testimonios de otras parteras y de médicas -que fueron testigos en otras causas-  que dijeron que era común ver a mujeres detenidas en el Hospital Militar de Campo de Mayo.
Los apropiadores de Catalina Laura de Sanctis Ovando, Hidalgo Garzón y María Francisca Morillo, fueron condenados en 2012, a 15 y 12 años de prisión, respectivamente. Catalina es hija de Raúl de Sanctis y Miryam Ovando, quien permaneció detenida ilegalmente en la localidad de Escobar, en un centro clandestino dependiente de Campo de Mayo, y en agosto de 1977 dio a luz.
El 8 de septiembre de 2008, la Justicia confirmó que la joven apropiada por Hidalgo Garzón y Morillo era, en realidad, la hija de Raúl y Miryam, ambos desaparecidos. Los dos militaban en la Juventud Peronista. Lidia Fanni Villavicencio, quien ahora tiene 91 años,  fue quien firmó el certificado de nacimiento falso de Catalina e hizo constar en el libro de partos del Hospital Militar de Campo de Mayo que la beba era hija de María Francisca Morillo y que había nacido por cesárea. El perito calígrafo oficial Guillermo Adolfo Anzorena dijo que las firmas en los documentos adulterados pertenecían a la médica.
Este jueves será el alegato de la defensa, y después de un cuarto intermedio, se dará la  sentencia. El juicio está a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de San Martín, integrado por los jueces Héctor Sagretti, Daniel Cisneros y Daniel Petrone.
“Este caso es muy importante porque se trata de una nieta restituida. Y también porque se profundiza en el rol que tuvieron profesionales en complicidad con los militares. Estos actores estuvieron fuera de escena durante mucho tiempo porque se priorizó juzgar primero a los represores. Es hora que la justicia enfoque para este lado, como para tener un panorama completo de lo que pasó en la dictadura”, concluyó Bedia.

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H.I.J.O.S. METAN Y LA COMISION DE DDHH DE METAN EXIGEN CÁRCEL COMÚN PARA EDUARDO DEL VALLE


Salta:Testigos revelan que NIÑOS DE TRES AÑOS fueron victimas de la represion en la dictadura en Metan







Testigos dieron detalles de la aplicación del terror en Metán

“Me levanta la sábana
 con la ametralladora”


Por Elena Corvalan

Seis de los ocho testigos que declararon ayer en la continuidad de la Causa Metán, en la que se investigan delitos de lesa humanidad cometidos en el sur de la provincia Salta, describieron las persecuciones, el hostigamiento, los allanamientos a deshoras de la noche y abusos a los que fueron sometidos por miembros de la Policía de la provincia, de cuyos operativos no quedaban a salvo ni los niños de tres años. Tres testigos contaron haber despertado con armas en sus rostros.
Otra vez fueron señalados los policías Rafael Rolando Perelló y Eduardo del Carmen del Valle como partícipes de estos hechos, además de otros policías, como el inspector Echenique. Este era quien comandaba al grupo de unos 20 policías, entre ellos Del Valle y Perelló, que la madrugada del 4 de mayo de 1976 rodeó la casa de los Núñez, entró a patadas y detuvo a cuatro hermanos, tres (junto a un primo, Juan Núñez, que fue detenido en Rosario de la Frontera) recuperaron la libertad en días subsiguientes, Pedro Francisco Núñez quedó detenido y fue desaparecido.
Juan Carlos Núñez tenía 16 años, esa madrugada despertó con un arma en la cabeza. En calzoncillos Echenique lo golpeó y lo obligó a buscar su documento con la boca, manteniendo las manos detrás de la nuca, luego lo sacó al patio, donde esperaban sus hermanos, ateridos. Con apenas los pantalones puestos, los llevaron a la Comisaría de Metán, donde quedaron de pie, las manos en la nuca, mirando a la pared. Oscar, el último de los hermanos en salir, que ayer declaró por videoconferencia desde Buenos Aires, recordó que vio a Pedro en la Comisaría: “tenía la nariz y los labios lastimados”.
Lo que vino después obligó a la separación de la familia: mientras los padres iban de la Comisaría de Metán a la capital provincial, sin recibir información de Pedro, los hermanos libres eran sometidos a una persecución que alejó a los amigos y los obligó a exiliarse. “Salíamos y éramos detenidos por averiguación de antecedentes, a pesar de que nos conocían a todos”, contó Juan Carlos. Los cuatro hermanos militaban en la organización vecinal, y Pedro militaba además en la JP.
Ahí militaba también Mario Monasterio Sánchez, desaparecido el 28 de enero de 1976. Su prima, María Eva Sánchez, que entonces vivía con él en la casa de los abuelos Fernando Sánchez y María Santos Ordóñez, describió la última visión que conserva de él: “Mario pasa y alguien le pregunta, creo que era mi abuela, ‘¿comiste Mario?’ Y dice: ‘sí, una salchicha’. Al rato pasa y dice ‘me está persiguiendo el auto ése’”. Por la ventana María Eva vio un auto y rogó: “Mario no salgás”. Mario encaró hacia su habitación, que tenía salida independiente. Al día siguiente notaron su ausencia.
La familia de Fernando Sánchez Arreyes sufrió 4 allanamientos antes del secuestro. “Recuerdo siempre la violencia, la brusquedad, el maltrato verbal. Yo tengo aún hoy el sonido del peso de los pasos”, de las cosas arrojadas con violencia; una vez un policía le levantó “la sábana con la ametralladora”, recordó la testigo. “Después quedábamos como devastados, no hablábamos”. El grupo de tarea cortaba las calles y entraban por los fondos, a veces con reflectores. El último allanamiento fue al mediodía de la desaparición de Mario: lo encabezó el policía Mario o Hernán Coronel, de traje y arma en mano.
José Bustos, amigo y compañero de militancia de Monasterio, contó que el joven había sido detenido y torturado antes de la desaparición. Dijo que él mismo fue seguido constantemente y fue detenido en 1981, oportunidad en que la policía allanó su casa y sacaron a su padre “a las patadas. Mi sobrino, de tres años, lloraba y lo agarraba a mi papá”.
En 1978 Antonio Navarrete trabajaba en la finca de donde fue secuestrado Orlando Ronal Molina. También tuvo un despertar violento: le envolvieron la cara con una sábana, asfixiándolo, lo interrogaron sobre Molina, lo maniataron y lo golpearon. Tardó una hora en liberarse y buscó a los obreros que habían quedado en el monte, adonde los atacantes los habían obligado a meterse, antes de llevarse a Molina: “Ellos no querían salir, ‘se metamos en el monte’, decían, y se metieron como tres horas, tenían miedo de que vuelvan y los maten”, contó el testigo.

Piden la inmediata
detención de Del Valle

El fiscal federal Francisco Snopek pidió ayer al Tribunal Oral Federal de Salta que se ordene la inmediata detención del ex director de Tránsito de Metán Eduardo del Carmen del Valle. El Tribunal prefirió dejar la decisión para más adelante.
La solicitud (una reiteración de otra realizada por vía escrita) se hizo luego de que declarara Carmen Gladis Vázquez, una comerciante de Metán miembro de una familia que sufrió la persecución terrorista del Estado durante los años 70.
Vázquez relató que Del Valle fue a su comercio en noviembre o principios de diciembre de 2013. Además de sugerir una amenaza, “¿te acordás de mí?”, para entonces estaba con prisión domiciliaria, por lo que no debía abandonar su casa. Vázquez dijo que en aquel tiempo no sabía que Del Valle estaba en esta situación y por eso no denunció el hecho antes. Dijo que en realidad tomó conciencia de esta situación cuando comenzaron los testimonios en el juicio que se lleva a cabo en el juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en el sur de la provincia, en el que ex director de tránsito y policía es uno de los principales acusados.


Un asado para infiltrarse

Oscar y Juan Carlos Núñez sostuvieron ayer que el oficial de Policía Rafael Perelló hizo tareas de inteligencia antes que del operativo en que fueron detenidos y su hermano Pedro fue desaparecido.
Oscar contó que Perelló “estuvo esa semana” en la casa del mecánico Juan Navarro, que era vecino. “Iba todos los días con el pretexto de hacer arreglar el auto y era para vigilar. Se hizo de todos los muchachos de la cuadra, hablaba con todos. Incluso pagó asados para ganarse la confianza de los pibes de la cuadra y después no volvió más”, contó.
Navarro, ya fallecido, era esposo de Ramona Rosalía Rueda de Navarro, que ya ha sido sindicada como colaboradora de los represores. En la misma cuadra hubo un operativo en la casa de la familia Ortega, en el que fueron desaparecidos los hermanos Luis y José. 

Fuente; Agencia de Noticias DDHH



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martes, 27 de mayo de 2014

Carmen Gladys Vazquez sostuvo ante un Tribunal Oral que vio a Del Valle violar su domiciliaria





La testigo Carmen Gladys Vazquez, señalo durante su testimonio a Eduardo del Carmen Del Valle.Cuando  se dirigió al Tribunal: "es el que tiene una bufanda", respondiendo a la pregunto si podía reconocerlo.
 Gladys es una comerciante de la ciudad de San Jose de Metan, tiene un negocio de refrigeración junto a su marido. Un día de diciembre o noviembre no recuerda bien Eduardo del Valle se presento en el negocio de refrigeración  y le pregunto entre risas si se acordaba de el. Ella no lo reconoció de  momento, pero cuando lo hizo no le quedaron dudas, y si tardo en hacer la denuncia fue porque desconocía cual era la condición procesal de Del Valle en ese momento. Pero cuando su marido el Sr. Bustos  fue llamado a dar testimonio en este mismo juicio, en relación a  su detención  fue cuando cayo en la cuenta de que Eduardo del Valle había estado incumpliendo los acuerdos de su arresto domiciliario. Fue entonces que se dirigió ante la fiscalia y radico su denuncia.
Al termino de la declaración de la Sra Vazquez  el fiscal Snopek  pidió al Tribunal Oral que se revirtiera  de forma inmediata  la detención domiciliaria de Del Valle, no solo por haber faltado a ella, sino por la posibilidad de fuga  del mismo, al igual que  de la forma que relatara la testigo las circunstancias en que se encontró en su negocio con el imputado, este ejercicio una suerte de intimidación hacia la misma. Lo que podria, volver a repetirse con ella o con otros testigos que importen en la causa. El TOF decidió tomarse un TIEMPO MAS para decidir que hacer.

Jujuy: Sigamos luchando por romper el maldito pacto de silencio. El jueves la condena en el segundo juicio





Seguimos luchando para romper el maldito pacto de silencio

2º juicio acusados con logosPor José Luis Politi. Era jueves, amanecía, y en Jujuy, en pleno otoño, era el primer día del año en la gente caminaba y sacaba por la boca el “humito” del frío, que nos anticipaba el invierno. Pero otros, que estamos vivos, pensábamos en otra cosa, teníamos un mínimo de esperanza de que sucediera. Pero nada pasó: sigue el pacto de silencio entre los represores, a lo largo y ancho del país.
Teníamos un hilo de sueño de que ese pacto, diabólico para miles de personas que pisamos, vivimos y sufrimos esta hermosa tierra, se cortara. Pero la trama macabra y de horror sigue tejiéndose. Seguiremos esperando, mientras ellos sigan pudriendo sus huesos roídos de dolor en la cárcel común y sus manos sigan sangrando sangre de mujeres y hombres que luchaban por una provincia, un país y un mundo mejor para todos y todas.
 El pacto de silencio que sellaron hace muchos años tiene la bendición de esos representantes de dios en la tierra que, por acción o por omisión, también tienen manchas de sangre en cuerpo y alma.
Los represores que están siendo juzgados en el segundo juicio en Jujuy, estarán contando las horas que les quedan hasta que sean condenados por la justicia terrenal, y sienten que la justicia divina, Dios y sus representantes en la tierra le darán cobijo, más allá de los homicidios, tormentos, torturas, secuestros y robos. Pero no es así.
 Cinco de los seis represores imputados utilizaron el jueves pasado su derecho de la última palabra, y lo usaron para mantener el pacto de silencio e insistir en su inocencia ante el accionar de las fuerzas represivas, durante la dictadura cívico-militar-eclesiástica.
 Como era de esperar, deslindaron responsabilidades de los hechos por los cuales se los juzga y solicitaron que “se haga justicia”. Uno de ellos, Ortiz, aseguró: "Pongo mi vida en manos del Señor”. Todavía que el hermano del “Señor” Ortiz, que use el derecho de la última palabra, capaz que viene una sorpresa y rompa el sello del pacto, pero… 
 Pasaron ocho meses de audiencias, en las que escuchamos testimonios de exdetenidos y familiares de las siete víctimas que son la razón del juicio, que develaron qué pasó cuando los detuvieron en la cárcel de Gorriti, desde los últimos días de mayo al 10 de junio de 1976, el día en que los sacaron del penal para que nunca más se sepa nada de ellos. Solo los restos de la maestra Dominga Álvarez de Scurta fueron hallados e identificados en el cementerio de Yala en 1984.
 Pero nosotros, que en este proceso somos uno solo, queremos saber qué hicieron con Juana Francisca Torres Cabrera, Alicia Ranzoni, Jorge Turk, Pedro Torres Cabrera, Jaime Lara Torrez y Osvaldo Giribaldi, que siguen en calidad de detenidos-desaparecidos.
 La presidenta del TOF, Fátima Ruiz López, aclaró a cada uno de los imputados que las palabras finales "deben ser lo último que usted quiere que recordemos cuando nos sentemos a deliberar". Faltan horas para la sentencia. Y nosotros seguiremos luchando, esperando que en el tercer juicio por los crímenes de lesa humanidad alguien rompa el maldito pacto de silencio que corroe los cuerpos y las almas.
Fuente: http://www.elsubmarinojujuy.com.ar





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Salta: Testigos revelaron que vecinos colaboraban en la represión. Aportaban combustible y carne a la policia





Causa Metán: finqueros colaboraban
 con combustible para la Policía  

Por Elena Corvalan


Testigos confirmaron ayer, en el marco de la Causa Metán, que en la década del 70 finqueros del sur de Salta colaboraban con la Policía aportándole combustible y carne. Otro testigo, Segundo Rodríguez, ratificó su convicción de que integrantes del grupo de tareas Guardia del Monte asesinaron a su hermano Oscar Ramón Rodríguez y a su primo José Lino Salvatierra.
“Soraire ha andado allá tres veces en el monte (antes del doble asesinato)”, aseguró Rodríguez. Luego se explayó, con lenguaje campechano lleno de diálogos, sobre las razones que lo llevan a la convicción de que el oficial Andrés del Valle Soraire y otros miembros del grupo de tareas Guardia del Monte asesinaron a sus parientes, convicción que compartía su hermano Domingo Nolasco, fallecido hace un año.
En 1977 Segundo vivía en la finca de los Rodríguez. Ahí recibió las visitas de la Policía; dos fueron a la noche, la última fue tres días antes de la emboscada, el 10 de mayo de 1977. La primera vez fueron “Soraire, Valle, Acosta y Corbalán”. En las dos últimas visitas Soraire insistió en saber si Nolasco iba a ir por la finca y en qué vehículo andaría: “Pasado mañana va a venir porque tenemos que cargar este carbón”, respondió Segundo. Tres días después se enteraba por Nolasco de la muerte del hermano menor y del primo, que conducían el camión en lugar de Nolasco.
Los primos, de 21 y 23 años de edad, habían sido emboscados en la finca El Tunal, en el departamento Anta, la noche del 10 de mayo de 1977. Ahí los habrían matado, los cargaron en la caja de la camioneta en la que andaban los agresores y arrojaron los cuerpos en el paraje Loma Pedregosa, a dos kilómetros de la ruta nacional 16 y, y carca de la finca San Jorge. Dejaron un cartel: “Por ladrón y cuatrero”.
Segundo ratificó también que el propio jefe de Policía, Carlos Carpani Costa, reconoció –en presencia del jefe de Seguridad, Joaquín Guil- la autoría del hecho por parte de Soraire y los otros policías, y que en retribución le ofreció matar a “cuatro, cinco” enemigos suyos.
La audiencia de ayer dejó en claro que el vale todo impuesto por el terrorismo de Estado fue aprovechado en algunos casos para dirimir diferencias personales, y también para obtener ganancias. En este sentido, fueron quizás más importantes los silencios y las expresiones con doble sentido que las palabras expresadas.
Hugo Garrett era administrador de la finca San Jorge, o finca Colbert como la conocían. Contradictorio, corrigiéndose cada vez que le hacían notar esta circunstancia, fue uno de los que confirmó el maridaje entre finqueros y policías: “Él trabajaba en la Policía y nosotros colaborábamos con él”, dijo cuando le preguntaron si conocía a Soraire. Luego aclaró: entregaban nafta y carne, e información cuando robaban vacas. Sobre las víctimas, dijo que no las conocía pero que sabía que a la familia Rodríguez le decían “Arbolitos” y se comentaba que eran cuatreros. El abogado querellante Juan Carlos Galli le hizo notar que en un año y medio en la finca hubo “una merma de 8 mil a 4 mil vacunos, ¿usted cree que los cuatreros pudieron llevarse 4 mil cabezas?”, interrogó. Al testigo le costó explicar y argumentó que tan abultado faltante pudo haber sido consecuencia de un error en el conteo. Segundo y Nolasco Rodríguez también han dado cuenta de que aportaban combustible para la Policía.
El finquero Miguel Ángel Sastre se aferró a la falta de memoria. “¿A qué se dedicaba Soraire?”, llegó a retrucar ante la pregunta acerca de si lo conocía.
La investigación del crimen de Salvatierra y Rodríguez se tramitó primero en la justicia provincial. Soraire, Fortunato Saravia, Santos Leonides Acosta y Miguel Ángel Corbalán fueron acusados pero el proceso fue interrumpido por autoridades militares (que alegaron la participación de los acusados en el secuestro del ex gobernador Miguel Ragone). La causa fue reabierta en 1984, en 1986 Saravia fue condenado y los otros fueron absueltos. En 1987 se ordenó que se dictara una nueva sentencia respecto de Soraire, que ya se había fugado.
En 2007 fue detenido en la causa Ragone, de la que fue absuelto por la duda en 2011. Pero no recuperó su libertad porque para entonces el crimen de “Los Arbolitos” ya había sido declarado delito de lesa humanidad.
La audiencia continuará hoy, con más testimonios. En este proceso se juzga también a los policías Eduardo del Carmen del Valle, Rafael Rolando Perelló y Marcos Honorio Medina y a los ex militares Carlos Mulhall y Miguel Gentil, por delitos cometidos en el sur de la provincia, entre 1976 y 1978.

Fuente: Agencia de Noticias DDHH



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lunes, 26 de mayo de 2014

La Comisión Provincial de la Memoria impulsa la concurrencia de docentes y estudiantes a los juicios





La experiencia piloto se centra en el de La Cacha, que se realiza en La Plata 

Juicios: La Comisión Provincial de la Memoria impulsa la concurrencia de docentes y estudiantes

Memoria Verdad y Justicia - Télam
Matías Martin posa para una campaña anterior, organizada por HIJOS
La Plata.- La Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires (CPM) realizó una capacitación para más de 50 docentes de escuelas públicas y privadas a fin de promover la concurrencia de los estudiantes a los juicios por crímenes de lesa humanidad. Desde el programa Justicia y Memoria se ofreció a los docentes una instancia de capacitación que, a partir de un recorrido histórico, presenta algunas herramientas para trabajar con los jóvenes el proceso que atravesó la justicia argentina desde 
1983 a la actualidad. Este año, el programa impulsa la presencia de los estudiantes en el juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino La Cacha, juicio que se desarrolla en la Plata.
Para ello, los docentes recibieron una capacitación especial a cargo de Verónica Bogliano, querellante en la causa y miembro del programa de Litigio Estratégico de la CPM.
La directora del programa de Capacitación y Producción de Materiales, María Elena Saraví, dijo que "los testimonios realizados en la instancia judicial siempre aportan elementos para comprender cómo funciona un terrorismo de estado" y sostuvo que "esto para los chicos es muy movilizador e interesante para pensar sobre nuestro pasado y también reflexionar sobre la justicia actual en un sentido más amplio".
Además, subrayó que "las víctimas y los perpetradores circularon y circulan por espacios no tan lejanos a los jóvenes como son la escuela y el barrio".
En tanto, la directora de Litigio Estratégico, Margarita Jarque, explicó que el contenido de la capacitación "consiste en un recorrido entre la impunidad y la verdad y la justicia que ha caracterizado a la historia reciente de nuestro país".
"El objetivo es que los docentes puedan transmitir el contexto histórico en el que se desarrollan los juicios actuales", dijo.
Fuente: Telam



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La Plata: Escuela Naval: los jefes de la Marina en el banquillo de acusados. Secuestraron y torturaron a trabajadores de las fábricas





La causa fue elevada a juicio oral
Escuela Naval: los jefes de la Marina en el banquillo de acusados

Por primera vez en una causa por delitos de lesa humanidad, se juzgará el accionar de la Marina en el Polo Industrial de La Plata. Allí persiguieron, secuestraron y torturaron a trabajadores. La investigación estuvo a cargo de fiscales federales y fue elevada a juicio. También se indagará sobre la complicidad empresarial.

 El BIM 3, donde hoy funcionan facultades de la Universidad de La Plata, fue base de operaciones de la represión en la región


Por: Juan Manuel Mannarino


Carmelo Cipollone, ex delegado de Propulsora Siderúrgica, fue secuestrado en la madrugada del 24 de marzo de 1976, a horas de concretado el golpe de Estado. Se lo llevaron de su casa de la calle Mitre al 4000, en Berisso, y lo cargaron en un colectivo junto a un gran grupo de obreros de Siderúrgica, Astilleros y el frigorífico Swift. "Alrededor de mi casa había tropa de Marina, apuntando", recordó. Esa madrugada ocurrió un  mega operativo comandando por la Marina en el que cientos de personas con actividad gremial fueron detenidos ilegalmente. En micros los “pasearon” por los barrios de Ensenada y luego los subieron a un barco, donde los torturaron. Encapuchados y desnudos, fueron conducidos hasta un edificio de la Armada que funcionó como centro clandestino. Allí los interrogaron, con simulacros de fusilamientos y los amenazaron con arrojarlos al Río de La Plata. Después los derivaron a los otros centros de detención del  denominado Circuito Camps.  
Cipollone debió exiliarse en Italia. Hace diez años, ante un tribunal federal, también acusó a empresarios. “Tengo la sospecha de que Néstor Corteletti, mi exjefe de Personal de Propulsora, fue el que me marcó”, dijo  y señaló también al abogado de la empresa, de apellido Fidanza, como una de las personas que también "andaban marcando gente". El de Cipollone es uno de los casos de “Escuela Naval”, una causa que fue elevada a juicio  tras una instrucción realizada por fiscales federales de La Plata. No será un juicio más por delitos de lesa humanidad: por primera vez se pondrá la lupa en el accionar de los jerarcas de la Marina. Se calcula que habrá cerca de cien víctimas.
La investigación estuvo a cargo de los fiscales federales de La Plata Marcelo Molina, Hernán Schapiro y Gerardo Fernández. Los fiscales aseguraron a Infojus Noticias que la causa, elevada a juicio en marzo de este año, marcará un antes y un después en entender cómo funcionó la Armada en los circuitos represivos de la capital bonaerense. Dijeron, además, que no sólo pondrán la lupa en los represores sino que investigarán la complicidad empresarial, tal como lo señaló Cipollone. De la investigación se desprende otro dato revelador: mientras la dictadura cívico militar benefició a algunas  empresas –como Propulsora Siderdúrgica, del Grupo Techint- persiguió duramente a los trabajadores sindicalizados.
La zona del puerto es uno de los enclaves fabriles clave de la región. Forma parte del cordón industrial bonaerense –incluye a Berisso, Ensenada y el río Santiago- y allí se concentran, además del tráfico de aduana, grandes industrias como YPF, Astilleros Río Santiago, IPAKO, Propulsora Siderúrgica y Petroquímica Mosconi. En los ´70, había aproximadamente entre 15 y 20 mil trabajadores. Muchos de ellos fueron perseguidos y secuestrados en centros clandestinos de la Armada.
La novedad de esta instrucción es que involucra a los miembros vivos con mayor grado de responsabilidad en las acciones desplegadas por la Fuerza de Tareas Nº5 (FT5) de la Armada, uno de los ejes del plan represivo que hasta ahora había sido eclipsado por la investigaciones en torno de la Policía conducida por Ramón Camps, según informó recientemente el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
La causa “Escuela Naval” tiene como imputados a seis jerarcas de la Armada, a dos jefes de la Prefectura Naval y a otros dos oficiales de esa fuerza. Se trata del ex comandante de Operaciones Navales, Antonio Vañek; el ex comandante de la Fuerza de Tarea Nº5 (FT5), Jorge Alberto Errecaborde; el ex director del Liceo Naval y también comandante de la FT5, Juan Carlos Herzberg; el ex comandane del Batallón de Infantería de Marina Nº3 (BIM3), José Casimiro Fernández Carró; el segundo comandante y jefe a cargo del armamento del BIM3, Ángel Antonio Mocellini, quien además cumplió funciones como comandante del grupo de tareas de la FT5, y el ex jefe de Operaciones e Inteligencia del BIN3, Roberto Eduardo Fernando Guitian. También son investigados los jefes de la Prefectura Naval zona Río de La Plata, Carlos José Ramón Schaller y Luis Rocca, y los oficiales de la Prefectura Osvaldo Tomás Méndez y Eduardo Antonio Meza.
Están acusados de haber cometido crímenes de lesa humanidad en perjuicio de trabajadores de YPF, Propulsora Siderúrgica y Astilleros Río Santiago, que fueron confinadas y torturadas en centros clandestinos que funcionaron en dependencias de la Fuerza de Tareas 5 de la Armada. En este sentido, la acusación fiscal desarrolla los hechos que damnificaron a tres víctimas desaparecidas, otras 36 secuestradas y torturadas que finalmente sobrevivieron y los homicidios de Miguel Orlando Galván Lahoz y Roberto Pampillo, perpetrados por la Armada y la policía bonaerense el 19 de octubre de 1976 en 7 y 58 de La Plata, en pleno centro de la capital bonaerense.


La pista de la complicidad empresarial
“Es una causa grande, ahora estamos trabajando sobre las puntas de la complicidad empresarial. La continuación de la investigación es compleja y queremos profundizar en los marinos y los prefectos de la zona para establecer mayores precisiones sobre la cadena de mandos. Buscamos que el juicio empiece lo antes posible porque hay represores con edad avanzada”, dijo a esta agencia el fiscal federal Hernán Schapiro. El pedido no es casual: en La Plata hay juicios en curso por otras causas por delitos de lesa humanidad –como “La Cacha”-, y los fiscales exigieron que la justicia no priorice unos sobre otros. En el camino, ya fallecieron represores como Néstor Estévez, uno de los jefes de la FT5.
A cargo de los jerarcas de la Marina estaba la temeraria FT5, que reunía al personal, las instalaciones y la logística de la Escuela Naval Militar (cuyo director ejercía el comando de la Fuerza de Tareas), el Liceo Naval Almirante Brown, el Hospital Naval Río Santiago, el BIM3, la Prefectura La Plata, el Centro de Incorporación y Formación de Conscriptos de Infantería de Marina y otras dependencias con asiento en La Plata, Berisso y Ensenada. 
Así lo detalló el informe de la fiscalía: "Salvo los casos de Méndez y Meza, los imputados por esta Fiscalía son ex funcionarios que ocuparon cargos jerárquicos dentro de la estructura de la Armada Argentina, cuya función consistió en llevar adelante la ejecución del plan criminal trazado por la autoridades del gobierno de facto en las ciudades de Berisso, Ensenada y en la zona del Río Santiago, pretendiendo la eliminación del denominado 'oponente subversivo'", que, precisaron los fiscales, "eran aquellos trabajadores y trabajadoras con actividad gremial o militancia social en la zona”.
Persecución antes de la dictadura
Los investigadores descubrieron, además, que existió “un contexto de persecución contra los trabajadores previo a los militares”. En efecto, precisaron que la intervención de los marinos en el terrorismo de Estado estaba prevista en el denominado Plan de Capacidades C.O.N Nº 1 “S”/75, conocido como “Placintara”, dictado el 21 de noviembre de 1975, en el marco de las previsiones que había implementado el entonces flamante Consejo de Defensa, un organismo creado en los decretos de "aniquilamiento de la subversión" firmados durante el gobierno constitucional. 
El “Placintara” estableció que la Armada Argentina “debe operar ofensivamente contra la subversión en el ámbito de la propia jurisdicción y fuera de ella en apoyo de otras FF.AA, detectando y aniquilando las organizaciones subversivas a fin de contribuir a preservar el orden y la seguridad de los bienes, de las personas y del estado”. 

Los fiscales remarcaron que, en ese contexto, luego del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 comenzaron a funcionar en su jurisdicción cuatro dependencias como centros clandestinos de detención: la ex base naval, la sede de la Prefectura, el BIN3 y el Hospital Naval Río Santiago. 

"Este esquema represivo operó fuertemente en los primeros meses de la dictadura cívico militar, y las víctimas que por allí pasaron permanecieron privadas ilegalmente de su libertad por periodos no muy prolongados", indicaron. En la presentación, los fiscales consideraron que las condiciones de detención en los centros clandestinos “configuran tormentos” y también fundaron el agravamiento de la privación ilegal de la libertad “en el análisis de género e interés superior del niño”, dado que las víctimas fueron sometidas a abusos sexuales y algunos de los prisioneros eran menores de edad. La causa “Escuela Naval”, subrayó la investigación, consideró esas acciones como delitos de lesa humanidad y como crimen de genocidio.










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