miércoles, 5 de septiembre de 2012






 
 
REVOCAN LA PRISION DOMICILIARIA DE IBERICO SAINT-JEAN, JAIME SMART Y OTROS REPRESORES

Una acusación por homicidas

Quince represores, que hasta ahora estaban imputados sólo por secuestros y tormentos, serán juzgados en La Plata por homicidio. Esto significa que pueden ser condenados a perpetua. Smart fue alojado en Marcos Paz y Saint-Jean en Ezeiza para que lo revisen los médicos.
La resolución del TOF 1 de La Plata fue firmada por Carlos Rozanski, Roberto Falcone y Mario Portela.

Por Alejandra Dandan
“¡Y ahora a hacer muñequitos con las miguitas de pan!”, le soltó un grupo de mujeres, en la puerta del teatro de La Plata, a dos abogados de las defensas que se iban rapidito con las resoluciones en la mano. Uno de ellos era el hijo del ex gobernador de la provincia de Buenos Aires durante la dictadura, Ibérico Saint-Jean, uno de los acusados del juicio. “¡Ha habido una resolución extraordinaria!”, decían las que salían, entre ellas la Madre de Plaza de Mayo Adelina Alaye, con lágrimas en los ojos. “Recibí la decisión del Tribunal sin parar de llorar –dijo– porque realmente siento que hoy están acá las que ya no están, las que caminaron, las que buscaron, las que encontraron y por primera vez vamos encontrando respuesta en la Justicia.”
En la resolución, que arrancó con un aplauso en la sala, el Tribunal Oral Federal 1 aceptó –después de semanas de debate– acusar por el homicidio de 33 víctimas a 15 represores que hasta ahora estaban imputados sólo por sus secuestros y tormentos. Esto significa que los acusados pueden ser condenados a perpetua. El tribunal quitó además el beneficio de la prisión domiciliaria a Ibérico Saint-Jean y a su ex ministro de Gobierno Jaime Smart. A uno lo mandaron al hospital penitenciario de Ezeiza para que los médicos evalúen en qué cárcel va a quedar detenido. Y a Smart, que es el primer funcionario civil del Estado terrorista que llega a juicio y que pasará a una cárcel común, lo mandaron al penal de Marcos Paz. La misma decisión alcanzó a otros cinco imputados que estaban con domiciliaria.
El voto por unanimidad de los jueces Carlos Rozanski, Roberto Falcone y Mario Portela contempla varias revisiones importantes para ésta y otras causas. En el caso del abogado del grupo Graiver Jorge Rubinstein, criticaron el fallo de 1985 de la Cámara Federal, que cerró la posibilidad de una condena por homicidio y, según dicen, “regaló absoluciones”. A partir de ese caso, por el que acusaron a Smart y Saint-Jean, trabajaron el rol de la autoría para jefes y subjefes, aunque no hayan tocado a las víctimas. Y revisaron y ampliaron el rol de las querellas.
En la audiencia, los jueces leyeron sólo una parte de las cien páginas de una resolución que es consecuencia del pedido de querellas y fiscalía.

Los puntos

En términos formales, la resolución mira el rol de las querellas y si están habilitadas o no para pedir la ampliación de los cargos, como sucedió en este caso. Este lugar suele ser de los fiscales. En ese sentido, dijeron que aunque esa función “no aparece explícita” en el artículo que regula estos casos, “no puede desconocerse”. Mal puede decirse, explicaron, que luego de participar en toda la producción de prueba, las querellas deban asumir un rol meramente pasivo en el debate oral “contradictorio con el ejercitado hasta ese momento”.
Otro eje de la resolución fue el modo que agregaron los delitos. Aunque hay un principio que dice que un acusado que llega a un juicio oral por equis motivo no puede ser condenado por otro, hay excepciones. Los jueces pusieron en palabras el modo en el que creen que la Justicia debe leer lo que sucedió con estas víctimas, en esa secuencia que comienza con secuestros, sigue con tormentos y continúa con desaparecidos con y sin cuerpos. Discuten si se entiende que eso es todo parte de una misma secuencia –como lo dicen ellos para estos casos– o se sigue leyendo lo que pasó en términos fragmentados, a la luz de un Código de Procedimiento Penal que los operadores del sistema judicial consideran caduco y pensado sólo para delitos comunes.
Tomaron el fallo Acosta de la Corte Suprema de Justicia para pensar el carácter extraordinario de estos juicios. Hablaron de interpretaciones “dogmáticas y discutibles”. Y para habilitar el homicidio acudieron a un dato muy novedoso de este juicio: la postura de tres defensores que no se opusieron al planteo. “Requirieron que se haga lugar a la ampliación –recordaron los jueces–, a fin de soslayar una nueva persecución en otro proceso que podría provocarles una nueva prisión preventiva.”
También consideraron que este camino evita que próximos tribunales consideren que no puede juzgarse el homicidio por cosa juzgada. Y advirtieron sobre el carácter transitorio de este momento: querellas y fiscales deberá probar este cargo en sus alegatos finales.

Los casos

En cuanto a los casos, la resolución abordó dos ejes. El expediente de Rubinstein, importante en varios sentidos. El abogado del grupo Graiver murió como efecto de las torturas. El fallo de 1985 de la Cámara dijo, sin embargo, que no había pruebas suficientes para probar el homicidio porque un certificado policial decía que murió por causa natural y porque el testimonio único de Lidia Papaleo no alcanzaba para contradecirlo. Con esto cerraron y absolvieron. La querella de Justicia Ya! dijo en su pedido que en este juicio hubo un testimonio nuevo, como el de Isidoro Graiver, que apuntaló el homicidio como efecto de la tortura. Y cuestionó el criterio de verdad de un certificado de una estructura que fue parte del aparato represivo. Los fiscales acompañaron. Y los jueces le dieron la razón. Entre los fundamentos hicieron una consideración sobre la responsabilidad de los autores, en este caso Smart y Saint-Jean. Allí parece insinuarse una interpretación de la figura de la tortura para los casos de autores mediatos que es importante: que en ese nivel de mando, detrás de la orden de tortura aparecería representada la idea de la muerte.
Los jueces también reprendieron a Smart, abogado de su propio caso. Los que saben creyeron ver en esto la mano de Portela, profesor de filosofía del derecho. “Confunde el auto-defensor”, leyó el presidente del TOF. Lo llamaron aristotélico, lo mandaron a leer un libro de lógica de Eudeba, edición 1982. Y explicaron que su defensa fue “vaga e inconveniente” y que “se encamina a llenar tablas de verdad cuando lo que hay y no ve son hechos sociales”.
Sobre la muerte del Grupo de los Siete (siete militantes montoneros que fueron asesinados), consideraron que el planteo era válido porque el fiscal de instrucción ya lo había dejado planteado.
Al final leyeron la parte resolutiva. Smart había pedido continuar con la domiciliaria porque, como hace su propia defensa, necesitaba una computadora, su biblioteca e Internet. Los jueces ordenaron el traslado a Marcos Paz, pero contemplaron el pedido: ordenaron que se le nombre un auxiliar para que le lleve lo que necesita y que se le dé una computadora. Eso sí: sin acceso a Internet.
Los nombres
Los represores a los que alcanzó la ampliación por homicidio son: Jaime Lamont Smart, Ibérico Saint-Jean, Rodolfo Aníbal Campos, Miguel Etchecolatz, Miguel Kearney, Horacio Elizardo Luján, Carlos García, Raúl Orlando Machuca, Julio César Argüello, Mario Víctor Sita, Fernando Svedas, Bernabé Jesús Corrales, Roberto Omar Grillo, Domingo Almeida y Luis Vicente Patrault. Le revocaron el arresto domiciliario, además de a Smart y a Saint-Jean, a Campos, Patrault, Sita, Corrales y Kearney. Mandaron a Ezeiza a Saint-Jean, Campos y Patrault.
Fuente: pagina 12

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El ex militar estaría involucrado en el asesinato y desaparición del soldado concordiense Caso Papetti:

 la Justicia Federal procesó al coronel retirado López Belsué, ordenó que siga detenido en la cárcel de Paraná y mañana declara Dasso
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Después del coronel (R) López Belsue, este jueves tendrá que declarar el general (R) Naldo Dasso, en la causa Papetti.
Por espacio de cuatro horas, el juez Federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró, llevó adelante la indagatoria del coronel retirado Gonzalo Jaime López Belsué, en el marco de la investigación por el asesinato y desaparición del soldado concordiense Jorge Emilio Papetti y mañana también declarará el general retirado Naldo Dasso, de acuerdo a lo confirmado a ANALISIS DIGITAL. Según se informó, López Belsué acudió acompañado de su abogado, de apellido Velazco -quien también asesora a otros militares involucrados en delitos de lesa humanidad-, e hizo uso de su derecho de defensa. Además, respondió las preguntas que le formularon el magistrado y el fiscal Federal José Ignacio Candioti. Luego, se dispuso su procesamiento y se ordenó que continúe detenido en la Unidad Penal Nº1 de Paraná. López Belsué, quien revistaba como teniente primero del Escuadrón Blandengues del Ejército de Concordia, entre 1976 y 1977, fue detenido el jueves último en el departamento de uno de sus hijos, en Capital Federal, después de dos intentos de captura en otros domicilios, donde no lo pudo hallar personal de Gendarmería Nacional.

Jorge Emilio Papetti está desaparecido desde marzo de 1977. Estaba cumpliendo con el Servicio Militar Obligatorio cuando fue asesinado, supuestamente en plena sesión de tortura. Sin embargo, el personal militar del Escuadrón Blandengues donde se encontraba –liderado por el coronel Naldo Dasso- diagramó toda una historia novelesca, tratando de instalar que se había fugado cuando lo trasladaban hacia Villaguay, lo que fue desvirtuado con numerosos testimonios de compañeros del entonces soldado.

Desde hace más de 35 años los organismos de derechos humanos vienen denunciando al militar por su rol en la desaparición del ex soldado concordiense.

Fuentes: ANALISIS DIGITAL y El Once.

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La agencia de noticias de DH se edita desde 2007, y a partir de ahora con la nueva designacion por Memoria, Verdad y Justicia

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