viernes, 15 de abril de 2011

Lesa humanidad: elevan a juicio oral causa contra ex oficial de Inteligencia del Ejército


Se trata de Rafael Mariano Braga. La medida fue dispuesta por el juez federal de Jujuy Carlos Olivera Pastor. Es en el marco de una investigación por los delitos de privación ilegal de la libertad y homicidio, cometidos en perjuicio de una víctima

Fallo completo 88.2 Kb.

El juez Carlos Olivera Pastor, a cargo del Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy, elevó a juicio oral una causa en la que se investiga al ex oficial de Inteligencia del Ejército Rafael Mariano Braga, por delitos de lesa humanidad cometidos durante el último gobierno de facto.
Se trata de la causa caratulada “ALVAREZ GARCÍA, Julio Rolando s/su desaparición”, donde se investiga a Braga por los delitos de privación ilegítima de la libertad y homicidio en perjuicio de Julio Rolando Alvarez García, hechos ocurridos en 1976.
Fuente: www.cij.gov.ar

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Juicio por la Masacre de Margarita Belén
Culminaron los alegatos de la querella: “Señores jueces, hagan justicia”

Fue la demanda de Mario Bosch al cierre de su alegato, con un pedido de penas máximas para todos los imputados, prisión perpetua para los 8 militares y 25 años al policía Chas. Se solicitaron nuevas imputaciones por 7 casos de desapariciones.


Querellantes Mario Bosch y Daniel Henaín con Fiscal Jorge Auat


Tal y como estaba previsto la querella solicitó la pena de prisión perpetua para los militares Athos Gustavo Renés, Aldo Martínez Segón, Horacio Losito, Jorge Daniel Carnero Sabol, Ricardo Reyes, Luis Alberto Patetta, Germán Riquelme, Ernesto Simoni, y 25 años para el policía Alfredo Luís Chas.

La querella precisó las razones por las cuales los imputados deben responder en carácter de co-autores por delitos de lesa humanidad en once homicidios agravados por alevosía y cuatro desapariciones forzadas. (Cabe remarcar que la desaparición es un delito permanente, es decir que se sigue cometiendo hasta tanto no aparezca la víctima).

“Después de casi 35 años llegamos a este momento histórico. Nos toca a nosotros coyunturalmente estar acá, pero podría haber estado aquí el doctor Edwin Tissembaum, o Raúl Tierno (padre de Patricio Blas Tierno)” manifestó el querellante Mario Bosch en el final de su alegato en la sala de audiencias del Tribunal Oral Federal de Resistencia durante la mañana del jueves durante el cual rescató la participación de familiares, amigos y militantes en la realización de este juicio histórico.

El querellante afirmó que los jerarcas del terrorismo de Estado que adoptaron la escuela francesa de la tortura y desaparición forzada cometieron un error táctico: los genocidas franceses dejaron sus crímenes en Argelia, pero en Argentina los desaparecidos tenían hijos, padres, madres, hermanos y abuelos.

“Hoy estos familiares les reclaman a ustedes, señores jueces, hagan justicia. Y toda la sala irrumpió en un gran aplauso, mientras la presidenta del Tribunal Gladys Yunnes vociferaba por el recato del público bajo pena de expulsión.

La audiencia comenzó a las nueve de la mañana y se desarrolló con total tranquilidad; alegaron Mario Bosch, Daniel Domínguez Henaín, y Sergio Quiroz.

En la segunda parte de su alegato Bosch denunció los casos de detenidos desaparecidos que una alta probabilidad de haber sido asesinados en la Masacre y aportó datos e indicios que descartan de plano la veracidad de un enfrentamiento el 13 de diciembre de 1976.

Luego fue el turno de Daniel Domínguez Henaín – el otro querellante por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación – quién completó el alegato con el marco jurídico y doctrinario para la imposición de las penas y la tipificación de las condenas.

Sergio Quiroz fue el último querellante en alegar, lo hizo en representación de la subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia. Quiroz comenzó su acusación cerca del mediodía – desarrolló el contexto histórico de la Masacre - continuará durante la mañana de este viernes conjuntamente con el alegato de los abogados Duilio Ramírez y Ataliva Dinani, de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre.

Ambos querellantes anunciaron su pedido de prisión perpetua para los imputados en el marco de un genocidio. Posiblemente el martes de la semana que viene será el turno de los alegatos del Ministerio Público, representado por los fiscales Jorge Auat, Carlos Amad, y José Benítez.

Luego será el turno de la pareja defensora Carlos Pujol – Juan Manuel Costilla y entonces sí será cuestión de que los jueces Gladys Yunnes, Eduardo Belforte y Luis Ramón Gonzáles den a conocer la sentencia.

Nuevas imputaciones por desaparicion forzada

Mario Bosch pidió nuevas imputaciones por los casos de Raúl María Cairé, Carlos Tereszecuk, Raúl Antonio Mendes, Eduardo Fernández, Delicia Fernández, Dora Noriega y Juan Ramón Vargas. Todos sufrieron el cautiverio clandestino en distintos centros de detención y fueron vistos por última vez en cercanías diciembre de 1976.

Permanecen desaparecidos desde entonces. Numerosos indicios manifiestan una alta probabilidad de que hayan sido asesinados en la Masacre de Margarita Belén. Estos nombres se suman a la lista de desaparecidos que integran, Roberto Yedro, Fernando Piérola, Julio “Bocha” Pereyra, y Reynald Zapata Soñéz.

Cairé fue visto en la Alcaidía junto con el grupo de detenidos que fueron “trasladados” el 13 de diciembre. Tereszecuk fue visto por Carlos Aranda a fines de 1976 en un estado calamitoso por las terribles torturas en la Jefatura de Policía y en la Brigada, al igual que Mendes.

El ex detenido Rodolfo Bustamente relató haber visto a Eduardo Fernández en uno de los sótanos de la Brigada, por donde también pasó Delicia Gonzáles, víctima de un trato cruel y denigrante.

Ramón Vargas fue secuestrado durante los últimos días de noviembre de 1976, su caso fue juzgado en la causa RI9, de donde fue retirado en los “pre-momentos de la Masacre” según Bosch. Dora Noriega podría ser la mujer menuda y rubia de la que se habla en varios testimonios sobre los cuerpos exhibidos en el playón del Regimiento.

El último dato cierto sobre ella es del 11 de noviembre de 1976, el día en el cual Horacio Losito la retira del centro clandestino de detención que funcionaba en el Regimiento de Infantería de Corrientes. Es la misma fecha en la cual el general Cristino Nicolaides redacta la orden de “traslado” de los detenidos que serían fusilados el 13 de diciembre.

“Existen indicios serios y suficientes para ordenar que estos hechos sean imputados e investigados en la etapa residual de la causa. No vamos a poder decir que se hizo justicia hasta que aparezcan todos los desaparecidos” afirmó Bosch.

La batalla que no fue

Terminado el pedido de nuevas imputaciones Bosch desarmó punto por punto la mentirosa teoría del “enfrentamiento” con el que se intentó camuflar la verdad histórica.

Describió la inexistencia de motivos de traslado, recordó que ya quedó probado que nunca hubo una posibilidad de motín, y que “es contrario a toda lógica el traslado desde la U7, de máxima seguridad, al presidio de Formosa, casi una colonia penitenciaria”.

Consideró “absolutamente probado el estado de total indefensión y aislamiento de los detenidos, y que “mal podían organizar una emboscada si no podían comunicarse con el exterior y eran trasladados maniatados y con extremas medidas de seguridad”.

Bosch describió que para esa fecha “la capacidad operativa de las organizaciones armadas en la región era nula” y le pareció llamativo en extremo que el Ejército realizara un traslado y hasta se permitió una ironía al relacionar la Masacre de Margarita Belén con la Masacre de Palomitas; “Es una verdadera excepción que el Ejército realice traslados de detenidos, tarea del Servicio Penitenciario Federal. En Salta ocurrió algo parecido, y también hubo una emboscada y todos los trasladados terminaron muertos…”.

Párrafo aparte merece su razonamiento sobre el grupo de militares integrantes del convoy de la muerte: “No se explica cómo puede ser que la totalidad del convoy haya sido integrado exclusivamente por oficiales. Lo habitual es que participen suboficiales y soldados. Todos eran jefes y oficiales de tres unidades de Ejército, de dos provincias, con un importante número de oficiales de Inteligencia. Esto no es otra cosa que un grupo de tareas” sentenció.

Sobre el “enfrentamiento” en sí mismo fue categórico: “Primero los militares son empujados por los detenidos políticos, estos oficiales parecieran boy scouts, iban pertrechados con fusiles de asalto pero los tumban al suelo personas esposadas”.

Luego, el papel de boy scouts es reasignado a los atacantes, siempre siguiendo el relato castrense de los hechos. “Se da una situación de fuego cruzado, y no hay un solo militar herido. Es una batalla en la que todos los muertos pertenecen a uno solo de los bandos, mientras que en el otro grupo todos terminan ilesos; un caso único en la historia bélica de la humanidad, como lo explicó el coronel Horacio Ballester durante su declaración testimonial en la causa” describió.

El marco jurídico

Luego de un cuarto intermedio Daniel Domínguez Henaín prosiguió la acusación. En poco más de una hora el querellante realizó una brillante exposición de los fundamentos doctrinarios y de la jurisprudencia que sustenta el pedido de penas de los militares y su tipificación. Henaín expresó que las víctimas fueron fusiladas sin posibilidad de defensa y cuatro de ellas fueron desaparecidas.

“Estos hechos los vamos a considerar cometidos por los imputados en calidad de co – autores de delitos de lesa humanidad” afirmó, y pasó a explicar que la intervención de cada uno de los imputados “corresponde a un plan común que a su vez forma parte de un plan de mayor amplitud y persecución sistemática de opositores políticos. Este plan culminaba con los fusilamientos”.

Acto seguido dio una lectura legista del mencionado “pacto de sangre” entre los intervinientes en la Masacre: “La participación de cada uno fue relevante y esencial, lo que permite hablar de una co autoría aditiva; todos realizaron la acción en forma conjunta”. Lo hecho de mano propia no es lo único que se les imputa porque también se les imputa lo hecho por los otros porque todos buscan el mismo hecho”.

La consecuencia procesal de este razonamiento es evidente: no importa demostrar ni saber si X mató a tal o cual detenido, o aún si no dio en el blanco.

“El acuerdo de voluntades responsabiliza a todos los intervinientes” explicó.

Para finalizar, Mario Bosch analizó la situación jurídica de Alfredo Luis Chas, (imputado como partícipe secundario, iba en el patrullero que encabezó el convoy). Siguiendo el esquema de su pre-opinante Bosch declaró que el policía “garantizó la escena” y “optimizó las condiciones de cumplimiento del plan criminal”.

Respecto de las desapariciones estimó que debería responder como co – autor, por el codominio funcional de la información sobre el destino final de los desaparecidos, “situación que debe ser mensurada en la pena” afirmó, y pasó a enumerar una serie de agravantes; la extensión del daño causado ( al ser la desaparición un delito permanente) la condición de funcionario público, la indefensión de las víctimas, y como principal factor el carácter de crimen de lesa humanidad; “agraviaron a las víctimas y a la humanidad en su conjunto” declaró.

Informe y foto: Gonzalo Torres
Comisión Provincial por la Memoria Chaco

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