viernes, 24 de mayo de 2013

“Hooft impone a sus acusadores cargos criminales pero es él quien debe responder”


“Hooft impone a sus acusadores cargos criminales pero es él quien debe responder”

El Fiscal General subrogante que interviene en la causa que investiga al Magistrado marplatense defendió las actuaciones realizadas hasta el momento.

Hooft fue citado una vez más a prestar declaración indagatoria el próximo 4 de junio. (Foto: Marcelo Núñez)
A menos de una semana de que la procuradora general de la Nación Alejandra Gils Carbó apartara al fiscal Claudio Kishimoto de la causa que investiga la actuación del suspedido juez Pedro Federico Hooft durante la dictadura, el fiscal general subrogante, Pablo Larriera, y la secretaria de la Unidad de Coordinación y Seguimiento de las Causas por violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el terrorismo de Estado, Romina Trinidad Cavallo, defendieron las actuaciones llevadas a cabo hasta el momento.
Cabe mencionar que luego de que faltara en reiteradas oportunidades a los llamados a indagatoria, el juez Martín Bava citó una vez más al cuestionado magistrado a prestar declaración el próximo 4 de junio y si aún no solicitó su detención es porque entiende que hasta que no concluya el jury, Hooft mantiene sus fueros.
En primer lugar, Larriera y Cavallo hicieron hincapié en el hecho de que “Hooft impone a sus acusadores cargos criminales cuando es él quien debe responder por las imputaciones que le formulan” jueces de la democracia y advirtieron que a pesar de su condición de funcionario de la justicia se rehúsa a asistir a prestar declaración indagatoria; actitud que consideraron “cuanto menos paradójica” ya que se trata de “un juez que incumple reiteradamente las citaciones de otro juez”.
Inclusive, enumeraron las distintas estrategias a las que acudió con el propósito de eludir su presentación ante la Justicia. “El imputado ha pedido la nulidad de su citación a prestar declaración, recusó al juez ahora actuante y finalmente, luego de presentar una supuesta grabación subrepticia al fiscal de la causa que pidió su indagatoria, denunció penalmente el pasado 15 de abril a la totalidad de los fiscales, al juez y al abogado querellante César Sivo por asociación ilícita, un día antes del último llamado a indagatoria”, indicaron.
A su vez, recordaron que el juez Bava lo citó a indagatoria en tres oportunidades entre julio del año pasado y abril último, pero nunca concurrió amparado por sus fueros. “Antes de que ello ocurriera seis jueces federales de la jurisdicción se excusaron de intervenir en el expediente. El primer pedido de la Fiscalía para que se lo cite en calidad de imputado es del 1 de noviembre de 2011”, agregaron.
Y subrayaron que el Tribunal Oral Federal de La Plata que juzgó en esta ciudad los crímenes en la causa Base Naval II, también ordenó investigar el accionar de Hooft durante la última dictadura militar, “lo cual confirma una vez más las firmes sospechas que fundan el llamado a declaración indagatoria que impulsa la Fiscalía”.
En lo que respecta a los antecedentes de la causa, Larriera y Cavallo afirmaron que la investigación fue iniciada el 6 de marzo de 2006 por una denuncia del fallecido secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde. Esa presentación contó con la adhesión de la Secretaría de Derechos Humanos bonaerense y de representantes de las asociaciones de Abuelas y Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, de la Asociación de ExDetenidos Desaparecidos y de familiares de víctimas y la agrupación Hijos.
Hooft está imputado por su participación en 17 casos con víctimas de homicidios, desapariciones, torturas y privaciones ilegales de la libertad, delitos perpetrados entre el 6 y el 13 de julio de 1977, durante lo que posteriormente se denominó "La Noche de las Corbatas".
Para la Fiscalía, esos delitos no hubiesen podido perpetrarse, o al menos no hubiesen contado con la garantía de impunidad posterior “sin el aporte esencial” prestado por el juez Hooft, quien tramitando los hábeas corpus presentados en beneficio de las víctimas y las causas en las que debieron investigarse las privaciones ilegales de la libertad y los homicidios de algunas de ellas, proporcionó “adecuada cobertura judicial a los autores de tales hechos, evitando a la vez que los sucesos fueran investigados en los estrados competentes”.
“La calidad y la cantidad de las infracciones cometidas por Hooft permite inferir a la fiscalía que no se trata de meros errores en la gestión judicial sino de tolerancia y/o colaboración con las prácticas del aparato represivo del Estado”, enfatizaron. 
En ese marco, dejaron en claro que tanto los miembros de la Fuerzas Armadas y de seguridad como las autoridades de la Agrupación de Artillería de Defensa Aérea 601, a cargo de la Subzona Militar 15, “contaron con una garantía de impunidad que les brindó Hooft”.
Al momento en que se sucedieron los hechos conocidos como “La Noche de las Corbatas”, Hooft era el juez de turno en el departamento judicial de Mar del Plata y, en ese carácter, rechazó los hábeas corpus presentados en favor de Jorge Candeloro, Marta García de Candeloro, Norberto Centeno, Hugo Alais, Camilo Ricci, Tomás Fresneda, Mercedes Argañaráz de Fresneda, Carlos Bozzi y Salvador Arestín. Puntualmente en el caso de Candeloro y en el de Centeno, el rechazo de hábeas corpus se produjo cuando aún estaba pendiente la respuesta de las autoridades de la Subzona militar 15 en relación con esas víctimas.
Por otro lado, en el caso de Centeno, Alais, el matrimonio Fresneda, Bozzi y Arestín, el juez Hooft tramitó además las causas en las que debieron investigarse sus privaciones ilegítimas de la libertad, pero en todos los casos se omitieron todas las medidas de instrucción que podrían haber resultado útiles para el esclarecimiento de los hechos.
Tampoco Hooft declinó la competencia a favor del fuero federal y, transcurrido un mes y medio de los hechos, remitió las causas a la Subzona Militar 15 por entender que se relacionaban con casos de supuesto origen subversivo. “Es decir, envió los expedientes para su investigación a la fuerza armada que había secuestrado y tenía bajo su órbita de poder a las víctimas, lo cual ya fue acreditado en dos juicios orales”, explicaron.
En ese sentido, evaluaron que “es importante poner de resalto que a la fecha de la remisión de los expedientes a las autoridades militares los abogados estaban aún con vida sometidos a condiciones inhumanas de detención en el centro clandestino de detención denominado “La Cueva”. Todas esas causas desaparecieron sin que hasta hoy haya podido obtenerse información acerca de su destino”.
“A ello se agrega que, en relación puntual con la detención ilegal de Ricci, Hooft se comprometió a efectuar gestiones personales y el letrado fue liberado al día siguiente, lo cual demuestra sus aceitados contactos con las estructuras del Ejército que intervenían en la represión ilegal”, argumentaron por último.
Fuente: http://www.0223.com.ar
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