lunes, 15 de julio de 2013

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la capital jujeña estableció "el carácter ilegítimo e ilegal" de los decretos del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) que fueron utilizados durante la dictadura cívico-militar








13.07.2013 |

Establecen ilegalidad de decretos

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la capital jujeña estableció "el carácter ilegítimo e ilegal" de los decretos del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) que fueron utilizados durante la dictadura cívico-militar para blanquear los secuestros y transformarlos en detenciones en el marco del estado de sitio.


Por: 

Tiempo Argentino


Para la fiscalía federal jujeña, se trata de uno de los puntos más relevantes del fallo dictado en el primer juicio por crímenes de la dictadura en Jujuy, en el que se condenó por privación ilegal de la libertad al interventor del penal de Gorriti, Antonio Vargas, quien realizaba detenciones avaladas por los decretos Poder Ejecutivo Nacional. El fiscal que interviene en las causas por crímenes de lesa humanidad en Jujuy, Pablo Pelazzo, destacó los argumentos empleados por el Tribunal integrado por René Casas, Mario Juárez Almaráz y Daniel Morín. «


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Terrorismo de Estado

Declaran ilegales decretos utilizados durante la dictadura para avalar secuestros

Para la fiscalía se trata de uno de los puntos más relevantes del fallo dictado en el primer juicio por crímenes de la dictadura en Jujuy. En el juicio se condenó por privación ilegal de la libertad al interventor del penal de Gorriti, Antonio Vargas quien realizaba detenciones blanqueadas por los decretos Poder Ejecutivo...

Para la fiscalía se trata de uno de los puntos más relevantes del fallo dictado en el primer juicio por crímenes de la dictadura en Jujuy. En el juicio se condenó por privación ilegal de la libertad al interventor del penal de Gorriti, Antonio Vargas quien realizaba detenciones blanqueadas por los decretos Poder Ejecutivo Nacional.

El fiscal que interviene en las causas por crímenes de lesa humanidad en Jujuy, Pablo Pelazzo, destacó los argumentos empleados recientemente por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esa capital provincial, para establecer el carácter ilegítimo e ilegal de los decretos del Poder Ejecutivo Nacional que fueron utilizados durante la dictadura para blanquear los secuestros y transformarlos en detenciones en el marco del estado de sitio.

El Tribunal, integrado por René Casas, Mario Juárez Almaráz y Daniel Morín, llegó a esa conclusión, impulsada por la fiscalía, tras celebrar el primer juicio por crímenes de lesa humanidad en esa provincia, en el que resultaron condenados a prisión perpetua por secuestros, homicidios y tormentos, los ex militares de inteligencia Rafael Braga y José Eduardo Bulgheroni. En tanto que por los delitos de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos, el ex militar y por entonces interventor penitenciario, Antonio Orlando Vargas, recibió 25 años de prisión.

Pablo Pelazzo y Francisco Snopek fueron los fiscales que representaron al Ministerio Público en ese debate oral y durante los alegatos, especialmente en las réplicas, fundaron la responsabilidad de Vargas en las privaciones ilegítimas de la libertad de los prisioneros políticos que estuvieron alojados en la Unidad Penal del barrio Gorriti, en San Salvador de Jujuy, en cumplimiento de decretos dictados por el Poder Ejecutivo. El imputado, que por entonces era teniarácter ilegítimo e ilegal de los decretos del Poder Ejecutivo Nacional que fueron utilizados durante la dictadura para blanquear los secuestros y transformarlos en detenciones en el marco del estado de sitio.

El Tribunal, integrado por René Casas, Mario Juárez Almaráz y Daniel Morín, llegó a esa conclusión, impulsada por la fiscalía, tras celebrar el primer juicio por crímenes de lesa humanidad en esa provincia, en el que resultaron condenados a prisión perpetua por secuestros, homicidios y tormentos, los ex militares de inteligencia Rafael Braga y José Eduardo Bulgheroni. En tanto que por los delitos de privación ilegal de la libertad y aplicación de tormentos, el ex militar y por entonces interventor penitenciario, Antonio Orlando Vargas, recibió 25 años de prisión.




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13.07.2013 | El fallo del Tribunal Oral Federal I de La Plata fue seguido por la joven, su familia y Estela de Carlotto

Condenaron a diez años de prisión a los apropiadores de Elena Gallinari Abinet

La médica que firmó la partida de nacimiento fue sentenciada a cinco años y seis meses de cárcel. Los detalles.


Por: 

 El Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata condenó ayer a diez años de prisión a Luis Madrid y su esposa María Mercedes Elichalt, por la apropiación de la primera nieta nacida en cautiverio y restituida a su familia biológica, Elena Gallinari Abinet. En tanto la médica Silvia Marta Kirilovsky fue sentenciada a cinco años y seis meses por firmar la partida de nacimiento falsa con la que fue inscripta la niña. En los tres casos, los jueces les imputaron a los acusados "complicidad en el genocidio cometido durante la dictadura al participar del traslado por la fuerza de un niño de un grupo a otro".
La sala estalló en un aplauso cuando los integrantes del Tribunal leyeron las condenas –por unanimidad–  ayer, pasadas las 22:30. Los jueces ordenaron comunicar al Ministerio de Seguridad provincial el pedido de exoneración de Madrid de la Policía Bonaerense, pero no revocaron la excarcelación de la médica, que seguirá libre hasta que el fallo quede firme.
La querella de Abuelas de Plaza de Mayo había solicitado al Tribunal Oral Federal en lo Criminal Nº 1 de La Plata que condene a penas de 18 años de prisión en cárcel común al ex policía y su esposa y de ocho años para la médica que firmó la partida de nacimiento falsa. Los abogados de la asociación consideraron a los apropiadores de la menor como "coautores del delito de genocidio" y a la doctora como partícipe necesario. La fiscalía pidió diez años para el apropiador, nueve para su mujer y cinco para la médica. Los pedidos fueron realizados durante la jornada de alegatos del debate en el que desde el lunes pasado, los jueces Carlos Rozanski, Pablo Vega y Pablo Jantus juzgaban por la apropiación de la mujer a Domingo Luis Madrid, de 64 años, y su esposa María Mercedes Elichalt, de 62 años y por firmar la partida de nacimiento falsa con que la inscribieron como hija propia a la médica Silvia Marta Kirilovsky, de 68 años.
Durante todo el día, las víctimas, Elena Gallinari y sus familiares directos, estuvieron acompañados por militantes de organizaciones sociales, entre ellos, la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Barnes de Carlotto.
En su pedido, los abogados de Abuelas, Emanuel Lovelli y Colleen Torre, consideraron que el matrimonio apropiador fue coautor de la "retención y ocultamiento de un menor de 10 años", la alteración del estado civil de la niña y la falsedad ideológica de documento público, es decir verter datos falsos para su partida de nacimiento y DNI al inscribirla como hija propia.
Pero también los acusaron de ser "coautores del delito de genocidio en su modalidad de traslado de un menor de un grupo a otro", figura prevista en la Convención para la Prevención de los Genocidios que está incorporado a la Constitución Nacional, utilizada por ese mismo tribunal el año pasado en las condenas por la apropiación de Sebastián Casado Tasca. 

Fuente: Tiempo Argentino



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EL PAIS › TERMINO EL JUICIO POR EL CASO DE LA NIETA ELENA GALLINARI ABINET

Tres condenas por apropiación


El ex subcomisario de la Policía Bonaerense Domingo Madrid y su esposa, María Mercedes Elichalt, recibieron diez años de  prisión. La médica Silvia Marta Kirilosky, que firmó el certificado de nacimiento falso, cinco años y medio.

El juez federal Carlos Rozanski, del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata.


El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata condenó a diez años de prisión al ex subcomisario de la Policía Bonaerense Domingo Luis Madrid y a su esposa, María Mercedes Elichalt, por la apropiación ilegal de una niña nacida en cautiverio en 1976. Carlos Rozanski, Pablo Vega y Pablo Jantus condenaron también a la médica Silvia Marta Kirilosky, que firmó el certificado de nacimiento falso, a la pena de cinco años y medio de prisión. La víctima es Elena Gallinari Abinet, hija de dos militantes montoneros secuestrados y asesinados durante la última dictadura. Elena fue en 1987 la primera nieta nacida en un centro clandestino (aún no identificado) que recuperó su identidad y pudo criarse con su verdadera familia.

María Leonor Abinet era maestra, militó en los inicios de Ctera, desde 1972 en las FAR, y tras la fusión con Montoneros en la rama gremial de la JTP. Fue secuestrada el 16 de septiembre de 1976 con un embarazo de siete meses en la pensión de Caseros donde vivía con dos hijas de 7 y 9 años de su primer matrimonio. Horas antes había sido secuestrada su madre, Leonor Alonso. Luego de tres días de cautiverio, los represores le dieron a la madre un rosario y una cruz hechos por su hija y la liberaron. “Suavemente me avisaron que si decía algo me matarían”, relató en Botín de Guerra.

El compañero de Mara, como le decía su familia, era Miguel Angel Gallinari, Bocha para sus amigos. Era obrero metalúrgico y delegado en los Talleres Electromecánicos Norte S.A. (Tensa). Militaban en Zona Norte y Oeste y sus compañeros los conocían como Pedro y Mafalda. Gallinari fue secuestrado por el Ejército en junio y trasladado a un centro clandestino que podría ser Campo de Mayo. A los tres días logró escaparse del baúl de un auto y volvió con su mujer a Los Polvorines, pero poco después volvió a caer. El 21 de julio su cuerpo apareció en un baldío de San Antonio de Padua y fue enterrado en un cementerio de Merlo.

Tras un breve exilio, Leonor volvió al país, se acercó a Madres y Abuelas e intensificó la búsqueda de su hija y del niño/niña a quien sus padres decidieron llamar Elena o Silvano. En 1986, el año en que dejó su muestra en el Banco Nacional de Datos Genéticos, Abuelas pudo confirmar que la niña que criaba Madrid, investigado desde 1981, era hija de desaparecidos. El 21 de abril de 1987 la Justicia le notificó la identificación, y Elena, con diez años, conoció a su familia.

“Sí, soy de ustedes”, dijo la niña con su delantal café con leche en el despacho del juez luego de mirar uno por uno a abuelos, tíos y primos. La frase la recordó el martes su tía María Magdalena Abinet. “A mi hermana le quitaron la posibilidad de ver crecer a sus hijas, de criarlas. Y le quitaron la vida cruelmente con un tiro en la nuca, porque no la pudieron mirar a la cara”, explicó. Los restos de Leonor, enterrada en el cementerio de San Martín, fueron identificados por el Equipo Argentino de Antropología Forense en 2009. En los registros figuraba como NN, “muerte violenta” como causa, ocurrida en Ciudadela el 2 de febrero de 1977.

Los apropiadores le decían a la niña que la habían “encontrado abandonada en un baldío”, contó Elena el lunes. “Viviendo con los Madrid tenía muchas pesadillas, soñaba con manos que me agarraban”, relató. “Tengo el recuerdo de haberme dicho que yo había nacido en la comisaría 5ª de La Plata. Siendo niña encontré un portafolio con fotos de mujeres tiradas en el piso y todo eso me lleva a sospechar que él sabe dónde nací”, dijo en referencia a Madrid, y le pidió “un gesto de humanidad”.

Ayer, al hacer uso de sus últimas palabras, Madrid insistió en que un compañero de la Brigada de Investigaciones de La Plata le entregó a la beba y no dio ningún dato sobre el lugar donde estuvo secuestrada Leonor ni dónde nació Elena. Un indicio clave es que su hermano, a quien eligió como padrino de la niña, es el comisario José Félix Madrid, un represor procesado por el juez Daniel Rafecas por delitos de lesa humanidad en el centro clandestino Protobanco o Puente 12. Abuelas registra varios casos de entregadores distinguidos como “padrinos” de sus trofeos de guerra. Madrid usó las últimas palabras para pedir disculpas a la familia biológica por los obstáculos que generó durante el proceso de identificación. “Pensábamos que los estudios estaban mal hechos, no fue con ánimo de perjudicar a nadie. Sólo queríamos saber si estaba con su familia biológica”, dijo.

La sentencia se leyó poco antes de las once de la noche. Antes de enumerar los delitos, los jueces destacaron que las condenas eran primero “por complicidad en el genocidio perpetrado en la última dictadura militar”. Apuntaron que diez años de prisión es la pena máxima prevista en la legislación de la época para la sustracción, retención y ocultamiento de un menor, la supresión de identidad y la falsedad ideológica de instrumento público.
Fuente: Pagina 12











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