viernes, 28 de marzo de 2014

San Nicolas: Juicio muerte del obispo Ponce de Leon. Apartan al juez Martín Martinez




El caso tiene claras semejanzas con el asesinato de monseñor Angelelli 

Juicio que no llega: Apartan al juez que debía investigar la muerte del obispo Ponce de León


Memoria Verdad y Justicia - Télam
Carlos Ponce de León: su caso es demasiado parecido al caso Angelelli
Rosario.- La Cámara Nacional de Casación Penal resolvió apartar al juez federal de San Nicolás, Martín Alberto Martínez, de la causa que investiga la muerte durante la 
última dictadura del obispo de esa diócesis bonaerense, Carlos Ponce de León, informaron hoy fuentes de la querella. Dado que anteriormente había sido recusado el otro juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, la causa quedó sin juez, por lo que la Cámara de Casación Penal deberá designar uno nuevo, añadieron los 
informantes, que explicaron que la sala IV de la Cámara de Casación revocó el rechazo dispuesto por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario a un pedido de la fiscalía para el apartamiento del juez Martínez, considerándolo parcial.
El entonces fiscal federal de San Nicolás, Juan Patricio Murray, había recusado al magistrado porque "existe temor de parcialidad del juez Martínez en relación con la presente" causa, explicaron a Télam fuentes de la querella. 

La fiscalía pidió el apartamiento del juez Martínez porque en un escrito consideró al testigo y víctima Víctor Martínez, quien viajaba en el auto en el que murió Ponce de León en un dudoso accidente ocurrido en 1977, como "imputado" en vez de querellante. 
    
Murray consideró que "el temor de parcialidad" por parte del juez se vio "agravado" al "ordenar una pericia psicológica respecto del testigo-víctima Víctor Martínez, lo que en opinión del recucurrente puede revictimizar al testigo". 
    
"Para nosotros es una buena noticia, porque ya sea por convicción ideológica o por cuestiones de condicionamiento sociocultural local, es mejor que la causa la traten fuera de San Nicolás", dijo a Télam José María Budassi, integrante de la Mesa de la Memoria de la ciudad bonaerense. 
    
El obispo Ponce de León murió el 11 de julio de 1977 cuando viajaba en un Renault 4 desde San Nicolás a Buenos Aires por la ruta nacional 9 junto a Víctor Martínez, que realizaba el servicio militar en la Prefectura nicoleña. Una camioneta Ford se cruzó en el camino del vehículo que conducía el obispo, quien primero fue atendido en Ramallo y luego trasladado a un hospital de San Nicolás, donde finalmente falleció. 
    
Fuentes judiciales señalaron que la causa por la muerte de Ponce de León se cerró sin una exhaustiva investigación y recién fue reabierta hace diez años bajo la hipótesis de un asesinato intencional, como ocurrió también durante la última dictadura con el obispo de La Rioja, monseñor Enrique Angelelli. 
    
La causa "tiene gran cantidad de testimonios en relación con la hipótesis del atentado, todos los que declararon manifiestan su convicción de que fue un atentado", dijo Budassi. Añadió que también "hay documentación de inteligencia de la DIPBA y de la Secretaria de Culto de la Cancillería" que avala la hipótesis de un atentado contra el obispo, referenciado en el Movimiento de Sacerdotes para el Tercer Mundo.
Fuente: http://memoria.telam.com.ar

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Juicio por el centro clandestino de detención "La Escuelita"
Neuquén: los fiscales solicitaron 25 años de prisión para cuatro militares y 20 para un policía

Los representantes del Ministerio Público Fiscal pidieron las penas por privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos y asociación ilícita en perjuicio de 56 personas. El juicio comenzó en octubre.
Los fiscales Adrián García Lois y Marcelo Walter Grosso solicitaron penas de 25 años para cuatro militares y de 20 para un policía por los delitos de privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos y asociación ilícita en perjuicio de 56 personas en la jurisdicción de Neuquén. Los acusados son el ex teniente coronel de Inteligencia Jorge Héctor Di Pasquale, de 66 años; el ex jefe de Inteligencia del Destacamento de Inteligencia 182 Mario Alberto Gómez Arenas, de 82; el ex jefe del personal del Comando de la Sexta Brigada de Infantería de Montaña, Luis Alberto Farías Barrera, de 83; el ex jefe de la Sección Sanidad de Unidad Militar, Hilarión de la Paz Sosa, de 82, y el ex segundo jefe de la Delegación Neuquén de la Policía Federal, Jorge Alberto Soza, de 76. Los representantes del Ministerio Público Fiscal también pidieron la inhabilitación perpetua para los cinco acusados, y que a Gómez Arenas se le revoque la prisión domiciliaria.
Grosso se hizo cargo del alegato contra Farías Barrera, Soza y Pas Sosa; en tanto que García Lois contra Gomez Arenas y Di Pascuale.
En el juicio, que comenzó el 17 de octubre pasado, se tratan delitos cometidos en el centro clandestino de detención denominado “La Escuelita” de Neuquén, ubicada en los fondos del Batallón Ingenieros de Construcciones 181, sobre terrenos bajo jurisdicción del Ejército Argentino.
El Tribunal, integrado por el titular del juzgado Federal de Bariloche, Leónidas Moldes; el integrante de la Cámara Federal de General Roca Richar Fernando Gallego, y el miembro del Tribunal Oral en lo Criminal N° 21 de la Capital Federal Diego Gustavo Barroetaveña; también abordó privaciones ilegales de la libertad ocurridas en Río Negro, tanto en General Roca como en Cipoletti, en este último caso en un centro de detención que funcionaba en la Comisaría 4ta.
En su alegato, el fiscal Grosso destacó que “las víctimas no actúan como actuaron en su momento las Fuerzas Armadas y de seguridad; las víctimas actúan buscando justicia y no venganza, como suelen argumentar algunos de los que se encuentran hoy sometidos a juicio con todas las garantías”.
Con respecto a la investigación, el representante del Ministerio Público Fiscal aseguró que “se acreditó que la Delegación Neuquén de la Policía Federal puso sus instalaciones a disposición de personal civil de inteligencia a efectos de concretar maniobras vinculadas a la reunión de información; y que de ello da cuenta la asidua concurrencia a la Delegación por parte de Raúl Guglielminetti, quien junto con las autoridades de la dependencia, se ocupaba de llevar a cabo los interrogatorios a los detenidos, quienes eran víctimas de aberrantes maltratos".
Por otra parte, García Lois dijo que ”lo que se está juzgando concretamente es el accionar del aparato estatal, a través de sus agentes y con elementos del estado, quienes cometieron los delitos enrostrados; es decir ataques generalizados a la población civil”.
El fiscal concluyó que “luego de haber presenciado la incorporación de toda la prueba producida durante el debate, y apreciada la misma de acuerdo a las reglas de la sana crítica, considero que no existe lugar a la más mínima duda sobre la responsabilidad de Jorge Héctor Di Pascuale y Mario Alberto Arenas en los hechos en que se los acusa".
Fuente: http://fiscales.gob.ar
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