lunes, 9 de junio de 2014

Tucuman: Tribunal dice que De Benedetti era un "objetivo a eliminar" . Lo fusilaron con tiros en su corazon y cuello



JUICIO ORAL | LESA HUMANIDAD
Un tribunal dice que De Benedetti era un “objetivo a eliminar”

El miembro del ERP fue asesinado en 1978

Por Gaby Baigorri


La víctima era un “objetivo a eliminar” por su actividad política como miembro de jerarquía del ERP (Ejército Revolucionario del Pueblo). Fue asesinada mediante la acción conjunta de la IV Brigada de Infantería de Córdoba y la V Brigada de Tucumán. Esa fue una de las conclusiones clave a las que llegó el Tribunal Oral Federal (TOF) en relación con la muerte de Osvaldo De Benedetti, en 1978, durante el terrorismo de Estado. El TOF dio a conocer este jueves los fundamentos de la sentencia que condenó a perpetua a los seis militares retirados imputados en la causa. El estrado también revocó la prisión preventiva domiciliaria de cuatro de los ex uniformados. 

Los jueces Gabriel Casas (presidente), Carlos Jiménez Montilla y Juan Carlos Reynaga enumeraron las circunstancias que acreditaron que el militante fue ejecutado por personal del Ejército y no abatido durante un supuesto intento de fuga, tal y como indicaba la versión oficial de su deceso. Entre ellas, destacaron las percepciones de la víctima y de sus compañeros de cautiverio de que su vida terminaría (a partir de amenazas); la imposibilidad de los presos de fugarse en las condiciones en las que eran trasladados -atados y vendados- y que en esa época era frecuente que las fuerzas armadas “enmascararan” las ejecuciones de detenidos. 

Los magistrados hicieron hincapié en las características de las heridas que presentaba el cuerpo de De Benedetti (una en el corazón y otra en el cuello -sería el tiro de gracia-). “Quienes se fugan reciben, normalmente, disparos por la espalda”, explicaron. 

El TOF expresó que los responsables del traslado de De Benedetti fueron Alberto Lucena, Héctor Chilo, Jorge Gorleri y Jorge González Navarro (sentenciados como autores mediatos). Mientras que Camilo Colotti (mediato) y Ariel Valdiviezo (autor material) fueron responsabilizados por el operativo mediante el que la víctima fue retirada de la cárcel de Villa Urquiza para, supuestamente, “reconocer un depósito de armas” en la zona de Caspinchango (Monteros). 

En cuanto al monto de las penas, Casas votó en disidencia. El juez había expresado el mismo criterio en fallos anteriores: el de la obediencia debida militar como atenuante de culpabilidad. Había propuesto que cumplieran entre 12 años y 18 años de encierro (con la excepción de Valdiviezo, para quien requirió la pena máxima). 

El juicio del caso “De Benedetti” es el octavo por delitos de lesa humanidad celebrado en el TOF. De Benedetti había sido detenido con 30 años en Tucumán, en 1974 (estaba a disposición de la Justicia Federal local y del Poder Ejecutivo Nacional). Durante cuatro años cumplió un derrotero de traslados -junto a otros presos políticos- en calidad de “rehén” (lo amenazaban con que sería eliminado si había algún ataque contra las autoridades militares). En julio de 1978, salió del penal - Valdiviezo firmó el egreso-. Horas después, fue ejecutado.

Fuente: La Gaceta

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Fuente: www.cij.gov.ar





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