jueves, 30 de octubre de 2014

Rechazan un pedido de excarcelación de Lona


por Elena Corvalan
Rechazan un pedido de
excarcelación de Lona
 
El juez Fernando Poviña rechazó un pedido de excarcelación realizado por el ex juez federal Ricardo Lona.
En una resolución de 8 carillas, dada el 28 de este mes, Poviña decidió “no hacer lugar” al pedido realizado por el defensor oficial  Pablo Lauthier, que asiste a Lona en la causa Palomitas, en la que el ex magistrado está imputado como cómplice primario de los fusilamientos de 11 detenidos por razones políticas. El abogado argumentó que no existe peligro de obstaculización dado que Lona ha respondido siempre a los requerimientos de la justicia en los casi siete años de trámites que lleva y “jamás se ausentó de su domicilio” y, además, es ya una persona de 77 años y está enfermo (padece de insuficiencia coronaria y tiene cáncer), “lo que indica que prefiere gozar y compartir lo que le resta de vida rodeado de sus afectos”.
Pero el juez consideró que no corresponde otorgarle la excarcelación, teniendo en cuenta “el contexto histórico, la gravedad de los delitos investigados, el plan sistemático y generalizado en el que se produjeron los hechos y el excesivo tiempo durante el cual se propició la impunidad” de estos hechos. Observaciones que constituyen “prima facie pautas negativas de valoración, que exigen asegurar la comparencia al proceso de personas sospechadas de cometer graves violaciones a  los derechos humanos”.
Poviña también recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación tiene dicho que en el caso de delitos calificados como de lesa humanidad se deben “mantener resguardos y no menospreciar a las estructuras de poder a las que podría recurrir con mayor facilidad el imputado de recuperar su libertad, estructuras que habrían actuado con total desprecio por la ley y sobrepasado los límites del territorio nacional, integrando una red continental de represión ilegal, cuyos residuos remanentes sería ingenuo ignorar". De hecho, están prófugos más de 70 imputados en causas por el terrorismo estatal.
Y en respuesta al planteo de la defensa sobre el derecho a la libertad individual, el juez Poviña destacó que el respeto a esta libertad “no puede excluir el legítimo derecho de la sociedad de adoptar todas las medidas de precaución que sean necesarias, no sólo para asegurar el éxito de la investigación, sino también para garantizar, entre otras cosas, que se frustre la ejecución de la eventual condena por incomparencia del acusado, pues la idea de justicia impone que el derecho de la sociedad a defenderse contra el delito sea conjugado con el del individuo sometido a proceso, en forma que ninguno de ellos sea sacrificado en aras del otro". 
 
 

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