domingo, 21 de julio de 2013

Para el fiscal Parenti, absolución de Villafuerte Ruzo atenta contra la imparcialidad de la Justicia





La Corte ni siquiera opinó sobre el cajoneo de expedientes por el juez federal 

Para el fiscal Parenti, absolución de Villafuerte Ruzo atenta contra la imparcialidad de la Justicia

Villafuerte Ruzo: La Fiscalía le detalló a la Corte todas las causas que estaría deliberadamente demorando.
Pablo Parenti, coordinador de la Unidad especializada en casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado, fue tajante al opinar en diálogo con Télam que "con la resolución de la Corte, que avala la actuación del juez Villafuerte Ruzo, se pone en riesgo la imparcialidad de la Justicia en San Nicolás. Con este fallo, ahora sabemos que tenemos una Corte Suprema de Justicia que tampoco quiere avanzar en la investigación de las causas pendientes por delitos de lesa humanidad”. La Unidad a cargo del fiscal general Jorge Auat realizó el informe que motivó el dictamen de la procuradora Gils Carbó, en el cual solicitaba apartar a Villafuerte Ruzo en investigaciones de delitos de lesa humanidad, por la posición adoptada por el juez en la investigación y juzgamiento de esos delitos.
Sin embargo, el máximo tribunal no se abocó al tratamiento del caso, que consideró “insustancial o carente de trascendencia". La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de seis de sus integrantes, desestimó el informe sobre Villafuerte Ruzo, quien fue cuestionado por injustificables demoras en el trámite de los expedientes, presumiblemente por haber asumido "una posición parcial contraria a la persecución penal" --en la opinión de Parenti-- de ese tipo de delitos.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de seis de sus integrantes, desestimó la queja y rechazó el pedido del Ministerio Público Fiscal para apartar de las causas por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura al juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, quien fue cuestionado por las infundadas demoras en el trámite de los expedientes a raíz de haber asumido "una posición parcial contraria a la persecución penal" de ese tipo de delitos.

El máximo tribunal no se abocó al tratamiento del caso y rechazó la pretensión fiscal en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que estipula que la Corte, "según su sana discreción, y con la sola invocación de esta norma, podrá rechazar el recurso extraordinario, por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia".

Así, el tribunal desechó en tres líneas el dictamen de 41 páginas de la Procuradora General de la Nación, quien había solicitado que se hiciera lugar a la recusación interpuesta en primera instancia por el fiscal de San Nicolás, Juan Patricio Murray. El caso llegó a la Corte tras ser confirmado en todas las instancias anteriores y por una queja interpuesta por el fiscal de Casación.

La recusación había sido planteada por el fiscal Murray en una causa que tiene entre sus imputados al ex comisario Luis Abelardo Patti. El dictamen de Gils Carbó, que acompañó el pedido del fiscal de primera instancia, añadió a las consideraciones un informe de la entonces Unidad Fiscal de Coordinación y Seguimiento, hoy Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad, sobre las demoras de Villafuerte Ruzo en las investigaciones que versan sobre delitos de miembros de fuerzas armadas y de seguridad durante la última dictadura.

La actuación del juez, que la Corte consideró intrascendente analizar, fue cuestionada en la causa en la se investigan los secuestros y homicidios de Osvaldo Agustin Cambiaso y Eduardo Daniel Pereyra Rossi, el 14 de mayo de 1983 en el bar Magnum de Rosario, y en la que se encuentra acreditado que una patrulla de la Unidad Regional de Tigre integrada por Luis Patti, Juan Amadeo Spataro y Rodolfo Diéguez los mató horas después en un camino vecinal cerca de Zárate.

"En la causa 'Patti' se observa una demora de 6 años entre el primer pedido de declaración indagatoria y el auto del juez que finalmente ordenó la citación. En el transcurso de estos seis años el juez no dispuso ninguna medida significativa para el avance de la investigación", indicó la Unidad Fiscal de Coordinación en el informe que acompañó Gils Carbó a su dictamen ante la Corte.

"La actuación del juez Carlos Villafuerte Ruzo motivó la presentación de más de 30 pedidos de pronto despacho, quejas por retardo de justicia, recursos de reposición, apelación. y queja por el fiscal a cargo de la Fiscalia Federal de San Nicolás, Dr. Juan P. Murray, y reiterados oficios de esta Unidad Fiscal de Coordinación a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, la Cámara Federal de Casación Penal y a la Corte Suprema de Justicia de la Nación", abundó la Unidad a cargo del fiscal general Jorge Auat.
Ante esta respuesta de la Corte Suprema, el fiscal Juan Murray entrevistado por Télam sostuvo "Es dificil pedirle explicaciones al cielo, por eso la Corte mo opinó del caso, sólo resolvió". Al mismo tiempo el fiscal de San Nicolás no dudó en afirmar: "Es obvio que la Corte iba a amparar a Villafuerte Ruzo, ya que Petracchi es amigo de él, hasta lo invita a los festejos de sus cumpleaños".

Murray enfatizó que la medida: “Es una facultad totalmente arbitraria que tiene nuestra Corte Suprema, otorgada por artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, netamente inconstitucional que agravia al sistema republicano”.

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